Concurso Público, de Oposición y Méritos para elaborar orden de prelación para cargo de Asesor II Ciencias Económicas
No Vigente
Instituciones convocantes
- Fiscalía General de la Nación.
El presente concurso se realiza al amparo de lo dispuesto por el artículo 346 de la Ley N.º 19.889 de 9 de julio de 2020, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley N.º 19.996 de 3 de noviembre de 2021; Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, Ley N.º 19.668 de 12 de octubre de 2018 y Resolución N.º 566/2018 de 24 de octubre de 2018 y demás normativa vigente, concordante y complementaria. Podrán postularse todas las personas que cumplan con los requisitos y condiciones del presente llamado, independientemente de su edad, género, raza, creencia y/o condición física, sin otra distinción que la de sus talentos y virtudes.
El presente llamado es alcanzado por la Ley N.º 19.684 de 26 de octubre de 2018 y Decreto N.º 104/019 (personas trans), y por el artículo 525 de la Ley N.º 20.075 que sustituye el artículo 4 de la Ley N.º 19.122 y Decreto N.º 144/014 (personas afrodescendientes).
Mediante el acto de inscripción, las personas que aspiran al cargo expresarán a qué grupo se postulan, pudiendo optar por más de uno. La inscripción implica la lectura y aceptación, en forma expresa, de las condiciones establecidas en el presente llamado.
BASES DE LA SELECCIÓN
1. - REQUISITOS:
1.1 – REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES:
Cédula de Identidad vigente.
Ser ciudadano natural o legal y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional. Los ciudadanos legales no podrán ser designados hasta tres (3) años después de haber obtenido la Carta de Ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 76 de la Constitución de la República.
Credencial Cívica.
Aquellos ciudadanos que hayan cumplido dieciocho años antes del último acto electoral obligatorio, deberán acreditar haber sufragado (Elección Nacional, Balotaje, Departamentales y Municipales). Salvo que se encuentren amparados/as en las causales de justificación del no voto del artículo 6 de la Ley N.º16.017, en cuyo caso deberá presentar la constancia de justificación del no voto emitida por la Corte Electoral.
El pago de la multa por el no voto injustificado, no subsana la prohibición de ingreso a la administración pública, de conformidad con lo preceptuado por el literal D) del artículo 11 de la Ley N. º16.017.
1.2 - REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (al cierre de la inscripción):
Formación: Contador Público de la UDELAR o título equivalente reconocido por el organismo competente.
Experiencia: Cinco (5) años de ejercicio de la profesión o ser funcionario de la institución con una antigüedad mínima de tres (3) años y tres (3) años de ejercicio de la profesión.
1.3.- REQUISITOS A VALORAR:
Formación adicional:
Postgrados y/o cursos vinculados al objeto del cargo.
Manejo de herramientas informáticas y/o análisis de datos.
Formación superior al requisito excluyente, relacionada con las tareas a desempeñar.
Experiencia adicional:
En procesos de auditorías, pericias contables, función de síndico, interventor y otras.
En el sector público y/o privado.
2. - DESCRIPCIÓN DEL CARGO:
Ver documento adjunto (Anexo I - Descripción de puesto de trabajo y Remuneración).
3.- IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
Denominación del cargo | Asesor II Ciencias Económicas. Escalafón PC, grado VII. |
Carga horaria | 40 horas semanales. |
Lugar de desempeño: | Montevideo con disponibilidad para viajar al interior. |
4. - RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES:
Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:
4.1. Incompatibilidades:
Mantener vigente otros vínculos con la administración pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.
Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.
4.2. Prohibiciones:
Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (artículo 4 de la Ley N.º18.172 de 31 de agosto de 2007, en redacción dada por el artículo 10 de la Ley N.º19.149 de 24 de octubre de 2013).
Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.
Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 de la Ley N.º17.556 de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley N.º17.672 de 16 de julio de 2003, ni al establecido por el art. 29 de la Ley N.º17.930 de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley N.º18.172 de 31 de agosto de 2007.
5. - INSCRIPCIÓN:
El período de inscripción será del 12 al 28 de febrero de 2026 inclusive.
Las inscripciones se recibirán exclusivamente a través del portal “Uruguay Concursa” (www.uruguayconcursa.gub.uy), completando los datos allí solicitados y obteniendo el correspondiente “certificado de postulación” electrónico, que contará con un número de identificación que permitirá garantizar el anonimato de los postulantes en cada una de las instancias de la comunicación vía web.
El postulante será responsable de la veracidad de los datos por él ingresados en el perfil de “Uruguay Concursa” teniendo carácter de Declaración Jurada.
Por el hecho de registrar su inscripción, el postulante acepta los términos y condiciones establecidos en las Bases del presente llamado.
5.1. Cupos legalmente protegidos y vínculo con Fiscalía:
Mediante el acto de inscripción, las personas que aspiran al cargo, expresarán a qué grupo se postulan, pudiendo optar por más de uno.
Una vez completada la inscripción a través del portal “Uruguay Concursa” y dentro del período de postulación (del 12 al 28 de febrero de 2026 inclusive) los postulantes que se amparen a los cupos legalmente protegidos (Personas Afrodescendientes – Personas Trans) y/o aquellas personas que a la fecha de la inscripción tengan vínculo con Fiscalía reflejado en la plataforma RVE, deberán completar la Declaración Jurada del Anexo III y remitirla al correo concursos@fiscalia.gub.uy, con el asunto “Declaración Jurada – llamado N.ºXXXX/2025”. Para aquellas personas amparadas en la Ley N.º19.864 (Personas Trans), además de adjuntar la Declaración Jurada, deberá remitir certificado de haber realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios, o haber solicitado o accedido a la Tarjeta Uruguay Social Trans.
Se deja constancia que no se aceptarán las declaraciones juradas remitidas con posterioridad al vencimiento del período de inscripción.
Finalizado el plazo de inscripción, la lista resultante se publicará en la página de Fiscalía www.fiscalia.gub.uy – "Llamados y concursos" y los interesados que hayan remitido en las condiciones previstas en este punto, tendrán tres (3) días hábiles a contar del día siguiente al de su publicación para solicitar revisión respecto a su incorporación a la lista de cupos legalmente protegidos. La mencionada solicitud deberá realizarse mediante correo electrónico a: concursos@fiscalia.gub.uy
6. - PRESELECCIÓN:
En el caso que el número de aspirantes inscriptos supere los cien (100), el Tribunal podrá optar por evaluar todas las inscripciones o realizar sorteo entre los postulantes, lo cual será comunicado previamente en la página web de Fiscalía www.fiscalia.gub.uy – "Llamados y concursos".
En el caso de postulantes que mantengan a la fecha de la inscripción, vínculo con la Fiscalía General de la Nación, que se encuentre reflejado en la plataforma del RVE, con una antigüedad mayor a un (1) año y hayan enviado en el plazo establecido la Declaración Jurada correspondiente, quedarán incluidos dentro del listado general, sin pasar por la etapa de sorteo.
Se conformarán tres listas, a saber:
Lista General, que comprenderá a todos quienes no se encuentren dentro de los postulantes por cupo legalmente protegidos.
Lista personas Afrodescendientes, con aquellos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para integrar el cupo legal referido.
Listas personas Trans, con aquellos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para integrar el cupo legal referido.
7. - REQUISITOS DE FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
El Tribunal designado comunicará en la página web de Fiscalía www.fiscalia.gub.uy - "Llamados y concursos" la fecha y lugar de entrega de documentación, a los postulantes habilitados.
La documentación deberá presentarse de la siguiente forma:
Originales en mano para cotejar con las copias que se entregarán.
Copias numeradas correlativamente en el anverso (1, 2, 3,...) en sobre de manila sin cerrar.
Certificado de postulación emitido por “Uruguay Concursa” en el frente del sobre de manila.
8. – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
8.1 – REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES.
Original y fotocopia de Cédula de Identidad vigente.
Original y fotocopia de Credencial Cívica o, Carta de Ciudadanía con más de tres años de expedida.
Constancia de voto de elecciones nacionales, balotaje, departamentales y municipales; o, en su defecto, constancia de justificación del no voto. No se aceptará pago de multa.
8.2 – REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS.
Original y fotocopia del título de Contador Público de la UDELAR o título equivalente reconocido por el organismo competente.
Historia Laboral emitida por BPS (online o presencial) y/o notas de empresas u organismos firmadas y selladas (con membrete de la empresa e indicación de número de RUT, o BPS, o MTSS), que brinden referencias, indicando: lugar de trabajo, cargo, tipo de tareas desarrolladas y tiempo trabajado.
No se recepcionará documentación probatoria de requisitos excluyentes generales y/o específicos, que no cuente con su original, lo que inhabilitará al postulante a continuar con el proceso del llamado.
8.3. – OTRA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Currículum vitae (en adelante CV) – según surge del Anexo II. El que debe incluir experiencia laboral y cursos, talleres, seminarios, debidamente documentados.
Original y fotocopia de comprobantes de cursos y seminarios que favorezcan el mejor desempeño del cargo a proveer.
Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada deberán presentar la misma debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante “Apostilla”, si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley N.º18.836 del 8 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente (formación).
Quienes cuenten con formación cuyo certificado sea expedido de forma digital y no contenga un método de verificación de autenticidad (código QR, código de validación, etc.), deberán presentar un correo que dé cuenta de la autenticidad del certificado o, descargar el certificado de una plataforma de cursado frente al funcionario receptor.
9. - ETAPAS DEL CONCURSO:
Control de requisitos excluyentes generales (a controlar por el Departamento de Gestión Humana).
Control de requisitos excluyentes específicos (a controlar por el Tribunal designado, según lo estipulado en el art. 27 del Reglamento de Concursos).
Prueba de oposición.
Evaluación Psicotécnica.
Méritos y antecedentes.
Entrevista con el Tribunal.
El lugar, fecha y horario de las distintas etapas del concurso serán comunicados por el Tribunal a través de la página web www.fiscalia.gub.uy - "Llamados y concursos".
El puntaje mínimo de aprobación del concurso será de 70 puntos.
En la etapa de oposición deberá obtenerse como mínimo de 25 puntos, a los efectos de seguir avanzando en las siguientes etapas del concurso.
Los ítems a evaluar se muestran en el siguiente cuadro, con los puntajes máximos y mínimos para las etapas correspondientes.
Etapa | Ítems a evaluar | Puntaje | |
Prueba de oposición | Prueba escrita | Consistirá en una prueba escrita de conocimiento, cuyo método y duración será fijado por el tribunal. | 40 Máximo 25 Mínimo |
Evaluación psicolaboral | Evaluación psicolaboral | Se realizará a los efectos de evaluar si las competencias que presenta el entrevistado se ajustan al perfil del cargo. | 20 |
Méritos y antecedentes | Formación y otros méritos | Estudios y cursos que se vinculen a la función requerida. | 20 |
Experiencia específica | Años y tipo de experiencia laboral en funciones similares o asociadas al llamado. | ||
Entrevista | Entrevista personal | La entrevista personal a cargo del Tribunal, se realizará a los efectos de evaluar al postulante en relación al perfil requerido. | 20 |
El tribunal podrá hacer uso de la facultad dada en el artículo 33 in fine del Reglamento de Concursos, aprobado por Resolución N.º 566/2018 de 24 de octubre de 2018.
“Artículo 33 (Aprobación del concurso).- Para aprobar el concurso, los participantes deberán alcanzar 70 puntos totales, debiendo asistir a cada una de las instancia del mismo.
La no concurrencia a alguna de las mismas dará mérito a su exclusión del concurso. El Tribunal podrá no convocar a aquellos concursantes que aún obteniendo el máximo puntaje en las etapas intermedias, no alcancen el mínimo de aprobación del concurso”.
10. - LISTA DE PRELACIÓN:
Se confeccionará un orden de prelación, el cual estará conformado por aquellos postulantes que hayan igualado o superado los 70 (setenta) puntos. El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio descendente.
En caso de paridad en el resultado final, el tribunal dará prioridad a aquel concursante que haya obtenido mayor puntuación en la prueba de oposición, y si la paridad persistiera se procederá a efectuar sorteo entre quienes tengan la misma calificación final, a los solos efectos de su ubicación en la lista de prelación.
La validez de la lista de prelación será de dieciocho (18) meses, a partir de su homologación por la Directora General (S), no existiendo obligación por parte de la Institución de cubrir las vacantes existentes durante dicho período.
11. - HOMOLOGACIÓN DEL FALLO FINAL:
Concluidas las etapas del concurso y confeccionado el orden de prelación, el Tribunal elevará su fallo final a la Directora General (S) a efectos de su homologación.
12. - DESIGNACIÓN Y CONDICIONES DE INGRESO:
Una vez homologada la lista de prelación, se procederá a ofrecer el cargo, y el postulante dispondrá de un plazo de 24 horas hábiles para comunicar su aceptación o rechazo a la propuesta recibida, en el correo electrónico indicado al momento de la inscripción. La falta de respuesta en el plazo establecido o la negativa a aceptar el ofrecimiento del cargo, implicará la exclusión automática de la lista de prelación y se procederá a ofrecer el cargo al siguiente candidato en la lista, de acuerdo al orden descendente.
Quienes ingresen a partir del presente llamado lo harán en régimen de provisoriato, previo informe favorable de la Oficina Nacional de Servicio Civil, debiendo suscribir el respectivo contrato (artículo 79 de la Ley N.º 19.668). En caso que el concursante no acepte alguna de las condiciones del mismo se procederá a citar al siguiente postulante de la lista de prelación, según el orden descendente.
Previo a la firma del contrato de provisoriato, el concursante deberá completar y signar:
Declaración jurada de vínculos con el Estado;
certificado de antecedentes judiciales (buena conducta);
control de salud vigente.
La no presentación de la documentación indicada, imposibilitará la contratación del omiso, eximiendo a la Administración de cualquier responsabilidad al efecto.
13 - COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES:
Toda información general sobre el concurso se realizará a través de la página institucional (https://www.gub.uy/fiscalia-general-nacion/comunicacion/convocatorias).
Sin perjuicio de ello, la Fiscalía General de la Nación, podrá implementar otro tipo de notificaciones para determinados casos concretos, si así entiende pertinente, conforme con la normativa vigente (Decreto 500/991). En este sentido se podrá utilizar para su comunicación con los postulantes los correos electrónicos o teléfonos de contacto constituidos en el formulario de inscripción, como medio alternativo, pero no formal.
Todas las referencias publicadas en la página web a los postulantes o concursantes, se realizarán mediante el número de postulación y/o cédula de identidad, siendo responsabilidad de los postulantes mantenerse informados de los resultados.
El Tribunal publicará en la página web del organismo todos aquellos documentos relevantes que sean generados en el presente llamado, a efectos de informar a los postulantes.
14. - DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
Los postulantes que no alcanzaren el puntaje mínimo para integrar la lista de prelación, tendrán el plazo de un año desde la fecha de la resolución de homologación del fallo del tribunal de concurso para solicitar la devolución del CV y su respectiva documentación acreditante. Los postulantes que integren la lista de prelación y que no sean designados en el cargo dentro de la vigencia, podrán solicitar la devolución del CV, así como de la documentación acreditante, desde el día siguiente al vencimiento de la lista de prelación hasta el cumplimiento de los dos años desde la fecha de la resolución de homologación del fallo del tribunal de concurso.
La solicitud de devolución de documentación deberá realizarse en los plazos establecidos y por escrito al correo: concursos@fiscalia.gub.uy.
Vencidos los plazos previamente mencionados, el Departamento de Gestión Humana quedará habilitado para la eliminación de la documentación, de conformidad con el Decreto N.º 355/012, Resolución de Fiscalía General de la Nación N.º 166/2015 y Resolución del Archivo General de la Nación N.º 016/017.
Por consultas posteriores a la inscripción, dirigirse a: concursos@fiscalia.gub.uy
Período
Fecha de inicio: 12/02/2026
Fecha fin: 28/02/2026
Descargas
- Bases llamado a concurso (.pdf 107.32 KB)
- Resolución N.º 049/2026 - Autorización del llamado (.pdf 8.29 KB)
- Anexo I - Perfil del cargo y remuneración (.pdf 24.29 KB)
- Anexo II - CV Editable (.odt 44.19 KB)
- Anexo III - Declaración Jurada (.pdf 108.92 KB)
- Descargar todos los archivos adjuntos (.zip 293.02 KB)
