Libertad

11 años de condena para un hombre por abuso sexual

Además se dispuso su inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela y curatela, guarda o tenencia de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como para ejercer de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud por el término de diez años y el deber de abonar a la víctima el monto equivalente a doce ingresos mensuales o salarios mínimos nacionales.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de Libertad de 2° turno, integrada por los fiscales Cecilia Gutiérrez y Hugo Pereira, logró la condena mediante proceso abreviado de L.A.P.R. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados, por la condición de tío de la víctima, por ser esta menor de 18 años de edad y por la continuidad en el tiempo de la conducta abusiva respecto de la misma persona, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de once años de penitenciaría efectiva.

La víctima develó a su madre la violencia que estaba padeciendo e identificando al agresor, que resultara ser el tío de la niña (de 45 años y sin antecedentes penales). Hecha la denuncia e iniciada la investigación liderada por la fiscalía, se relevó que los hechos abusivos iniciaron cuando la víctima tenía 8 años de edad y perduraron hasta sus 10 años, y cómo la violencia fue escalando con el transcurrir del tiempo en lo que respecta a la cantidad y gravedad de los mismos.

El relato de la víctima (recabado mediante prueba anticipada) fue categórico, sin fisuras, brindando detalles de lugar, contexto y horarios. Fue asistida por profesionales del equipo multidisciplinario del Centro Hospitalario Pereira Rossell y por la Unidad de Víctimas de la Fiscalía.

Se incluyeron en la condena las penas accesorias previstas en las leyes n° 19.580 y 19.889: la inscripción en el Registro de Violadores y Abusadores Sexuales, la inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela y curatela, guarda o tenencia de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como para ejercer de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud por el término de diez años y abonar a la víctima el monto equivalente a doce ingresos mensuales o salarios mínimos nacionales, entre otros.

Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía para su difusión pública.

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