Rocha

12 años de condena por tentativa de homicidio

Como resultado de un juicio oral, un hombre fue condenado como autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa y en régimen de reiteración real, uno de ellos especialmente agravado por femicidio y en concurso formal con un delito de violencia doméstica.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalia Departamental de Rocha de 1º turno, a cargo de la fiscal Josefina García, logró la condena mediante juicio oral, de E.C.N.I. por la comisión en calidad de autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa y en régimen de reiteración real, uno de ellos especialmente agravado por femicidio y en concurso formal con un delito de violencia doméstica a la pena de doce años de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida; de acuerdo a lo establecido en los arts. 1, 3, 5, 18, 54, 60, 66 a 69, 85, 86, 87, 104 a 106, 310 y 312 y 321 BIS del Código Penal.

El día 25 de febrero de 2021, siendo aún de noche, en el entorno de la hora 5:30 el ahora condenado se encuentra con la víctima (que habían sido pareja pero se separaron por reiterados hechos de violencia doméstica) cuando ésta pretendía ingresar al domicilio de un conocido en común. En la entrada de la referida finca, cuando N. se apresta a irse en su moto ve a la víctima, por lo que deja la moto y va tras ella, quien intentó escapar sin éxito.

La alcanza, la toma del cabello, la arrastra y la tira al piso, golpeándola con el casco, los pies, los puños y efectuándole al menos dos disparos que rozan su cuero cabelludo y mentón. La víctima se desmayó; cuando volvió en sí, el agresor ya no estaba.

Luego de abandonar a la víctima desmayada y en la vía pública, N. llegó en su moto a su domicilio; atacó a un vecino con quien se encontró dándole múltiples puñaladas (una de ellas en el tórax). La nueva víctima logró pedir auxilio a un familiar. Posteriormente, y al arribo del funcionario policial, señaló a N. como su agresor.

La Fiscalía se valió de la siguiente prueba en juicio: informes médicos forenses de las víctimas, informe pericial de Laboratorio Biológico, informe pericial de Laboratorio Químico, declaración de funcionarios policiales y testigos, declaración de ambas víctimas recibidas en forma anticipada, entre otras.

La sentencia expresa: “Se destacan las declaraciones de las víctimas, ricas en detalles y congruentes con los restantes medios de prueba, como ser los testimonios de los primeros en socorrerlas y de los médicos que concluyen en la coincidencia de las lesiones que constatan con los relatos de los hechos”.

En el primer caso se computó como agravante muy especial el femicidio en grado de tentativa y como agravantes genéricas el abuso de la fuerza, la utilización de armas de fuego y nocturnidad. En el segundo caso se computó como agravante la utilización de arma apropiada, en grado de tentativa. En ambos casos se computó la reincidencia.

Se dispuso además el pago de seis salarios mínimos a la víctima, en carácter de indemnización y sin perjuicio del derecho de ésta de perseguir la reparación integral del daño causado (art. 80 Ley 19.580).

Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos para su difusión pública.

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