Rosario

12 personas condenadas en operación antidrogas

El caso implicó operativos en los departamentos de Colonia, Montevideo y Canelones.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de Rosario, a cargo de la fiscal Sandra Fleitas, imputó y obtuvo la condena de doce personas, detenidas en el marco de una operación antidrogas que implicó allanamientos en los departamentos de Colonia, Montevideo y Canelones.

N.A.L.C. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado, un delito de suministro de sustancias estupefacientes agravado y un delito de tenencia y tráfico interno de armas de fuego, todos ellos en régimen de reiteración real, a la pena de cuatro años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

L.A.C. fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en reiteración real con un delito de asistencia previsto en el art. 33 de la ley 19.574, a la pena de veinte meses de prisión a cumplirse de la siguiente forma: seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y los restantes catorce meses en régimen de libertad a prueba con la obligación de fijar domicilio, la obligación de presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio y la prestación de servicios comunitarios, esta última por seis meses.

F.F.S. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en reiteración real con un delito de asistencia al suministro, a la pena de veinticuatro meses de prisión a cumplirse de la siguiente forma: doce meses de prisión de cumplimiento efectivo y los restantes doce meses en régimen de libertad a prueba con la obligación de fijar domicilio, la obligación de presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio y la prestación de servicios comunitarios, esta última por seis meses.

M.D.G.R. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de suministro de sustancia estupefaciente agravado a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

K.G.A. fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de asistencia previsto en el art. 33 de la ley 19.574, a la pena de veintidós meses de prisión de cumplimiento efectivo.

G.C.P.R. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado y un delito de suministro de sustancias estupefacientes agravado, en régimen de reiteración real, a la pena de tres años y ocho meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

J.B.S.N. y J.C.G.F. fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes agravado a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

J.A.R.C. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de tenencia no para consumo de sustancias estupefacientes agravado y un delito de tenencia y tráfico interno de armas, a la pena de tres años y un mes de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

C.N.G.W. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de tenencia no para consumo de sustancias estupefacientes y un delito de tenencia y tráfico interno de armas, a la pena de dos años y ocho meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

E.M.P.S. fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado en régimen de reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes agravado y un delito de tenencia y tráfico interno de armas de fuego a la pena de cuatro años y cuatro meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

G.V.M. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir a la pena de ocho meses de prisión efectiva.

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