Libertad

13 años de condena para un hombre por violación, entre otros delitos

Como resultado de un juicio oral, fue condenado como autor de reiterados delitos de violación agravados, reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados y reiterados delitos de violencia hacia las mujeres basada en género.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de Libertad de 2° turno, integrada por los fiscales Cecilia Gutiérrez y Hugo Pereira, logró mediante juicio oral la condena de J.J.S.L. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de violación agravados; reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados, en concurrencia formal con reiterados delitos de violencia hacia las mujeres basada en género, a la pena de trece años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

La víctima, de 12 años de edad, vivía bajo el cuidado exclusivo de su padre, el hoy condenado. La investigación llevada adelante por la Fiscalía y el posterior juicio oral condujo a demostrar los abusos sexuales que este perpetró sobre su hija durante aproximadamente un año, impuestos en base a amenazas. Una vez que la víctima retornó a vivir con su madre le relató los hechos, activándose el protocolo de abuso sexual infantil y la denuncia.

El testimonio de la víctima fue claro, sostenido en el tiempo e incambiado respecto a los abusos padecidos, y así lo narró en la declaración en modalidad de prueba anticipada en sede judicial que fue oportunamente reproducido en audiencia del juicio oral.

Asimismo, se contó con la declaración de los profesionales que intervinieron: médicos del equipo multidisciplinario del Pereira Rossell y perito médico, psicólogo y psiquiatra del ITF.

También se reprodujeron en el juicio los mensajes de voz que el condenado enviaba a su hija, indicándole lo que debía declarar (faltando a la verdad de los hechos) ante la justicia, ante la defensora de la niña y ante el INAU, a fin de que lo exculparan de los ilícitos referidos.

El hombre también fue condenado a las siguientes penas accesorias: I) la pérdida para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes y personas en estado de dependencia, por un plazo de diez años; II) una reparación patrimonial para la víctima equivalente a doce ingresos mensuales o en su defecto, salarios mínimos sin perjuicio del derecho de aquella a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño; III) prohibición de acercamiento y/o comunicación del imputado a la víctima, por el término de 180 días y un radio de 500 metros; IV) la inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.

Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía para su difusión pública.

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