28 condenados y 4 formalizados en operación antidrogas

La Fiscalía Departamental de Colonia de 1° turno, representada por la fiscal Carla Larrosa, obtuvo la condena de 28 adultos en el marco de la operación Perla Negra III. Además, fueron imputados un adolescente y tres adultos.
En el marco de esta operación, continuación de los operativos Perla Negra I y II realizados por la Fiscalía y la Brigada Departamental Antidrogas, se pudo establecer que diversas personas comercializaban estupefacientes en diversos puntos del departamento de Colonia y que ellas conformaban una organización de orden criminal que se dedicaba a esta actividad ilícita.
Se determinó que dos personas privadas de libertad, organizaban, dirigían e impartían órdenes desde las unidades penitenciarias a las diversas personas que se encargaban, cada una desde su rol, de llevar adelante la comercialización de estupefacientes en el departamento de Colonia.
Se realizaron 27 allanamientos en donde fueron incautadas y decomisadas sustancias estupefacientes, un número importante de armas de fuego y vehículos.
Producto de esta investigación se obtuvieron las siguientes condenas:
J. M. L. L. y D. M. G. B. como autores penalmente responsables de un delito continuado de comercialización de estupefacientes agravado en régimen de reiteración real con un delito de asociación para delinquir a la pena de cinco años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo, ambos líderes de la organización.
P. D. R. G. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico en reiteración real con un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones en la modalidad depósito y un delito de receptación de proyectiles de la policía a la pena de dos años y tres meses.
S. F. S. C. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años de penitenciaría.
D. d. C. V. O. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años de penitenciaría a cumplirse en arresto domiciliario total.
C. E. G. M., M. N. R. B., C. C. S., M. Y. C. A. y D. E. C. d. S. como autores penalmente responsables de un delito continuado de comercialización de estupefacientes a la pena de tres años de penitenciaría.
J. F. F. y J. A. T. como autores penalmente responsables de un delito de suministro de estupefacientes a la pena de tres años de penitenciaría.
M. A. A. B. como autora penalmente responsable de un delito de suministro de estupefacientes a la pena de dos años de penitenciaría.
S. M. G. P. como autor penalmente responsable de un delito continuado de comercialización de estupefaciente en régimen de reiteración real con dos delitos de receptacion a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría.
J. M. G. M. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años y tres meses.
A. I. R. F. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años y seis meses de penitenciaría.
E. A. B. C. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años de penitenciaría.
S. D. B. L. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a la pena de dos años de penitenciaría.
Y. M. M. R., A. E. F. V., J. A. C. S., J. L. A. y D. L. M. E. como autores penalmente responsables de un delito continuado de comercialización de estupefacientes agravada a la pena de cuatro años de penitenciaría.
P. B. B. G. como autora penalmente responsable de un delito continuado de comercialización de estupefacientes a la pena de cinco años de penitenciaría.
M. E. D. R. como autor penalmente responsable de un delito continuado de comercialización de estupefacientes agravado en régimen de reiteración real con un delito de trafico interno de armas de fuego y municiones y un delito de receptación de municiones policiales a la pena de cuatro años y seis meses de penitenciaría.
M. A. Q. C. como autor penalmente responsable de un delito continuado de comercialización de estupefacientes agravado en régimen de reiteración real con un delito de receptación y un delito de trafico interno de municiones a a pena de cuatro años y dos meses de penitenciaría.
M. S. R. R. como autor penalmente responsable de un delito continuado de comercialización de estupefacientes agravado en régimen de reiteración real con un delito de receptación a la pena de cuatro años y seis meses de penitenciaría.
G. M. M. R. como autora penalmente responsable de un delito continuado suministro de estupefaciente en reiteración real con cinco delitos de hurtos especialmente agravados a la pena de tres años y seis meses de penitenciaría.
A. A. C. G. como autor responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito continuado de suministro de estupefacientes agravado y se dispuso como medida socioeducativa privativa de libertad 14 meses de internación en dependencia del INISA.
Además, fueron formalizados con prisión preventiva por 90 días:
L. K. G. R, por la presunta comisión de un delito de asistencia al narcotráfico en régimen de reiteración real con un delito de tráfico interno de armas y municiones en la modalidad de depósito.
B. S. D. G. y S. D. A. P. como presuntos autores de un delito continuado de comercialización de estupefacientes.
Fue formalizado, con internación en INISA por 150 días el adolescente D. R. S. G., por la presunta comisión de una infracción gravísima a la ley penal tipificada como un delito continuado de comercialización de estupefacientes.