Libertad

Condena por violación en contexto de violencia contra la mujer

La denuncia fue radicada en setiembre de 2022 por la madre del novio de la víctima, a quien le develó haber padecido abusos sexuales por parte de su padrastro.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía de Libertad de 2º Turno, a cargo de la fiscal Cecilia Gutiérrez, junto con el fiscal adscripto Hugo Pereyra, lideraron la investigación y lograron, en juicio oral, la condena de F.D.C.C por ser penalmente responsable de la comisión de reiterados delitos de violación agravados en concurrencia formal con reiterados delitos de violencia hacia las mujeres basada en género, en régimen de reiteración real con reiterados delitos de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo y reiterados delitos de utilización de tecnologías con propósito de cometer delitos contra su integridad sexual, en calidad de autor, a la pena de 12 años y 4 meses de penitenciaria, con descuento de la preventiva cumplida y de su cargo las prestaciones legales de rigor que pudieren corresponder.

La denuncia fue radicada en setiembre de 2022 por la madre del novio de la víctima, a quien le develó haber padecido abusos sexuales por parte de su padrastro, desde que tenía 11 hasta sus 16 años, consignando las agresiones sexuales sufridas y cómo estas habían ido en escalada.

Además de los hechos abusivos padecidos, la Fiscalía postuló estar frente a un caso de indefensión aprendida, dado que la víctima sentía que no podía hacer nada frente a la violencia que estaba padeciendo y no contaba con apoyo familiar, aún cuando habían sido puestos al tanto de la situación violenta a la que había sido expuesta. Los hechos se dieron en un contexto de violencia contra la mujer, en la que el acusado se aprovechó de la situación de desigualdad y vulnerabilidad que se encontraba la víctima.

Por último, se le impuso como pena accesoria la perdida del ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes por un plazo de diez años. Como sanción pecuniaria se le impuso una reparación patrimonial para la víctima, equivalente a doce ingresos mensuales o salarios mínimos. Y a partir del momento de la excarcelación se le impone la prohibición de acercamiento y/o comunicación a la víctima por un plazo de 180 días.

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