Montevideo

Un ex militar fue procesado por dos homidicios cometidos durante la dictadura

La jueza del caso decretó el procesamiento y prisión de E.A.R.P. por la comisión de dos delitos de homicidio muy especialmente agravados, en régimen de reiteración real, en calidad de coautor.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, a cargo del fiscal Ricardo Perciballe, logró el procesamiento con prisión de un ex militar por dos homicidios cometidos durante la dictadura.

La jueza Silvia Urioste decretó el procesamiento y prisión de E.A.R.P. por la comisión de dos delitos de homicidio muy especialmente agravados, en régimen de reiteración real, en calidad de coautor.

El 5 de noviembre de 2021, la Fiscalía había solicitado el enjuiciamiento y prisión del hombre de acuerdo a los fundamentos expuestos a continuación.

En el marco de la dictadura cívico militar imperante en nuestro país desde el 27 de junio de 1973, se ilegalizaron distintos partidos y/o movimientos políticos de izquierda, entre estos, el Partido Comunista del Uruguay (P.C.U.), así como organizaciones sociales, como la Convención Nacional de Trabajadores (C.N.T.).

Ello motivó que se crearan o fortalecieran distintos organismos represivos, como el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (O.C.O.A.), el Servicio de Información de Defensa (S.I.D.), la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (D.N.I.I.), la Compañía de Contra Información y el Cuerpo de Fusileros Navales (FUS.NA.), agencias de poder punitivo que desarrollaron -en algunas oportunidades en conjunto- un amplio trabajo de inteligencia y acumulación de datos con la finalidad de perseguir y detener a los ciudadanos opositores al régimen dictatorial, que eran trasladados, en principio, a unidades militares y policiales y, desde el año 1975, a centros clandestinos de detención.

En ese contexto, el 29 de octubre de 1975, fue detenido E.B.H., de 47 años de edad, que integraba el Comité Central del P.C.U. y se desempeñaba como Secretario de Finanzas Departamental del partido.

La detención se produjo en horas de la noche, en la vía pública y fue inmediatamente trasladado al centro clandestino de detención “300 Carlos R” o “Infierno Chico”, donde fue objeto de apremios físicos y, unos días después, fue conducido a “300 Carlos” o “Infierno grande”, donde continuaron las torturas que determinaron su muerte entre el 1º y 5 de julio de 1976.

El cuerpo de B. fue clandestinamente enterrado en el predio del Batallón de Infantería nº 13, contiguo al Servicio de Material y Armamento del Ejército (S.M.A.), siendo encontrado el 27 de agosto de 2019 por un equipo del Grupo de Investigación de Antropología Forense (G.I.A.F.).

Por su parte, F.M., de 56 años de edad, integraba la Comisión Directiva de la Asociación de Escribanos del Uruguay y el P.C.U.

M. fue detenido el 30 de noviembre de 1975, en horas del mediodía, por dos personas de particular, cuando se llegaba de la ciudad de Punta del Este a su casa.

Luego de su detención fue trasladado a “300 Carlos” o “Infierno Grande” o “La Fábrica” en el S.M.A., situado a los fondos del Batallón de Infantería Mecanizada nº 13, donde fue objeto de diversos apremios físicos y, finalmente, durante el traslado a un interrogatorio y tras forcejear con sus custodios, recibió un golpe en la nuca que le habría producido la muerte entre el 1º y 2 de diciembre de 1975.

El cuerpo de M. fue enterrado en forma clandestina en el predio del Batallón de Infantería nº 13, contigua al S.M.A. El 2 de diciembre de 2005 un equipo de G.I.A.F. encontró sus restos enterrados en dicho predio.

El operativo vinculado a su detención se atribuye a O.C.O.A.: Mayor E.A.R.P., identificado como “Oscar 1”, “El Tordillo”, “El Gallego, “Puñales”, jefe del centro de reclusión clandestino “300 Carlos” y al Capitán E.F.B.

De acuerdo al informe del Equipo de Investigación Histórica de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente y la documentación de la época que adjunta, los operativos de detención de B. y M. fueron realizados por integrantes de las Fuerzas Conjuntas y su destino final fue el centro clandestino de detención conocido como “300 Carlos” que estaba a cargo de O.C.O.A.

Entonces, los responsables de la detención, torturas y muerte de los detenidos fueron el General E.C., el Coronel J.G.A. y el indagado E.A.R.P.

R., quien con el grado de Mayor, era el Jefe de la División de Operaciones de O.C.O.A. y, por ende, no solo quien daba directivas sobre detenciones e interrogatorios, sino que era informado de todo lo que ocurría con los prisioneros y responsable directo de los operativos del equipo de represores que operaba en el centro clandestino “300 Carlos” y, en consecuencia, no podía estar ajeno a la tortura a la que eran sometidos los prisioneros que a la postre determinó la muerte E.B. y F.M. ni de la decisión de su enterramiento clandestino.

Esta causa se encuentra bajo el amparo del régimen del proceso penal anterior.

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