Fiscalía de Artigas de 2º turno imputó a un hombre por abuso sexual especialmente agravado

La Fiscalía Departamental de Artigas de 2º turno, representada por la fiscal adscripta Ana Iriarte, solicitó la formalización de M.D.S.C. por la presunta comisión en calidad de autor de un delito de abuso sexual especialmente agravado por ser la víctima menor de 18 años, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1-3, 18, 60 numeral 1, 272 TER y 279 del Código Penal.
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En febrero de 2020, se presentó una denuncia por una situación de violencia sexual sufrida por una adolescente de 16 años y el indagado su tío materno, en ocasión de que la víctima visitara a sus tíos en Maldonado los primeros días de febrero. Según consta, la denuncia la realizó el novio de la víctima luego de que esta lo llamara y manifestara que se sentía muy mal, no queriendo dar mayores explicaciones. Ante esto, el denunciante se comunicó con la hermana de la víctima, quien asistió prontamente al lugar de los hechos.
Se realizó pericia forense a la adolescente donde surge un relato de abuso sexual con penetración por parte de su tío. De la pericia psicológica realizada a la víctima surge un relato coherente con los hechos denunciados y sintomatología asociada al estrés postraumático, “típico en niñas, niños y adolescentes que han sufrido situaciones de violencia sexual”, concluye la perito.
Asimismo, del testimonio de la hermana de la víctima surge que ella también vivió situaciones similares con el ahora imputado cuando vivía con ellos. Como medida de protección el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Artigas con competencia en familia dispuso medidas cautelares de prohibición de acercamiento y/o comunicación del tío a la adolescente.
La Fiscalía cuenta con las siguientes evidencias: declaración del denunciante en Sede de Fiscalía, declaración de la hermana de la víctima en Sede de Fiscalía, pericia médico forense y psicológica de la víctima, informe psicológico, entre otros.
Se dispuso como medida cautelar la prisión preventiva del imputado por el plazo de 180 días y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia.