Fiscalía de Pando de 2º turno obtuvo la condena de 14 personas detenidas por la Operación Barrio Estadio

La Fiscalía Departamental de Pando de 2º turno, a cargo de la fiscal Alicia Ghione Core, junto a los fiscales adscriptos Raquel Castellaro y Rodrigo Carambula, y al Departamento del Área Operacional II de Investigaciones – Pando, procedieron a realizar una investigación referente a la presunta comercialización de venta de estupefacientes en el barrio Estadio de la ciudad de Pando. A raíz de dicha investigación se procedió a identificar a siete puntos de venta (bocas) de estupefacientes, así como a identificar a sus principales operadores.
Es así que el día 30 de setiembre, se procedió a realizar veinte allanamientos en simultáneo de fincas ubicadas en el mencionado barrio, así como de una finca ubicada en la Ciudad de la Costa, las que estarían vinculadas a las siete bocas de venta de estupefacientes referidas. Los lugares fueron identificados durante la investigación que requirió la reunión de varias evidencias, vigilancias realizadas por funcionarios policiales del Departamento de Investigaciones y de la Brigada antidrogas de la Jefatura de Policía de Canelones, denuncias anónimas, filmaciones y testimonios reservados de consumidores.
Como resultado de los allanamientos realizados, se pudo incautar varios efectos entre ellos la suma de 302.000 pesos uruguayos, 256 chasques de pasta base y 8 armas de fuego así como varios cartuchos de munición de variados calibres, lográndose además la detención de 22 personas, de las cuales 8 fueron puestas en libertad y las restantes 14 personas llegaron a un acuerdo con la Fiscalía para la tramitación de la causa por la vía del proceso abreviado.
Once personas fueron condenadas (nueve hombres y dos mujeres) como autores penalmente responsables de reiterados delitos de violación de lo previsto en los artículos 31 y 35 BIS del DL 14.294 en la modalidad de venta de estupefacientes, cuyas penas oscilaron entre tres y cuatro años de penitenciaría. Los tres imputados restantes fueron condenados por el mismo delito, pero en calidad de cómplices, a penas que van de catorce a dieciocho meses.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Formalización:
Es la comunicación que hace la Fiscalía que de su investigación surgen elementos objetivos de que ha ocurrido un delito (hecho con apariencia delictiva) y de quien sería el autor (imputado) y buscará que se lo declare como tal en el juicio respectivo. Esta comunicación se da bajo ciertas condiciones, es decir, en presencia del Juez y estando la persona imputada acompañada y asesorada por un abogado, esto se da en la llamada “audiencia de formalización”. Esto no quiere decir que la persona sea la culpable, eso se decidirá solamente mediante la sentencia de condena ya sea que se tramite por el juicio abreviado o juicio oral.
Audiencia de Formalización:
Es la instancia que se da ante el Juez donde el Fiscal comunica los hechos y el posible delito por el cual se investiga a la persona que es imputada. Si hay motivos para entender que podrá, fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad el Fiscal podrá solicitarle al Juez que adopte determinadas medidas cautelares. Las mismas pueden ir desde fijar un domicilio determinado, someterse a vigilancia, no concurrir a determinados sitios, entre otras medidas y en última instancia la prisión preventiva.
Prisión Preventiva:
Cuando las otras medidas cautelares no sean suficientes y se entienda que el imputado puede fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad, el Fiscal podrá pedirle al Juez que decrete la prisión preventiva del imputado, quien deberá esperar el juicio en prisión. Esta decisión no refiere directamente a su culpabilidad (lo que será resuelto en el juicio) sino en la posibilidad que de alguna manera realice actos que afecten el normal desarrollo del juicio.
Juicio Abreviado:
Una vez formalizada la investigación por parte de la Fiscalía, puede darse un acuerdo con el imputado y su defensa, para que el juicio se realice mediante esta forma, donde el tiempo y los pasos en la tramitación se simplifican de forma significativa. Se trata de una decisión estratégica del fiscal y la defensa frente al caso, donde de acuerdo al tipo de delito y los antecedentes que se tienen, el imputado acepta los hechos y el contenido de la investigación y en consecuencia, el Fiscal puede disminuir hasta en una tercera parte la pena que habría solicitado en un juicio oral. El imputado se ve favorecido porque ve reducida su pena y el Fiscal porque asegura una condena al imputado. En audiencia el juez escuchará a las partes, se asegurará que el imputado prestó su consentimiento, en forma libre, voluntaria y debidamente asistido y asesorado por su abogado de los alcances del acuerdo. En ese mismo acto, el juez dictará sentencia y el imputado comenzará a cumplir la condena.
Imputado:
Es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos.