Fiscalía de Rio Branco obtuvo la condena de 4 personas por venta de estupefacientes

El domingo 29 de noviembre, la Fiscalía Departamental de Rio Branco -a cargo de la fiscal Bettina Ramos-, imputó y obtuvo la condena mediante proceso abreviado de cuatro personas; un menor de edad brasileño, un mayor brasileño y dos uruguayos provenientes de la ciudad de Las Piedras.
En horas de la mañana del día 28 de noviembre, dos hombres que utilizaban una ambulancia en forma sospechosa, fueron detenidos por personal de Aduanas y militar apostado en Paso frontera de Río Branco, quienes ubicaron en el interior del mismo la suma de 352.727 pesos, solicitando la concurrencia de la Policía al lugar. Además, los efectivos policiales constataron que el conductor tenía entre sus pertenencias 12 dosis de ácidos que serían utilizados presuntamente para producción de droga.
Dicha investigación dejó al descubierto que los implicados habían concurrido a la tercera sección con intenciones de realizar transacciones referentes a estupefacientes con personas de Porto Alegre y Florianópolis. Ambos ingresaron como detenidos a disposición de la Fiscalía, disponiendo el Magistrado varios allanamientos para los domicilios de los detenidos y comercios en la ciudad de Las Piedras, Canelones por presunta comercialización de estupefacientes.
Como resultado de estos se ubicó una habitación destinada para el secado de la sustancias vegetales, incautándose tres balanzas, 20 vasos de plástico utilizados como macetas conteniendo plantines de marihuana, 50 semillas de cannabis, una unidad de éxtasis, 5,711 kg de marihuana, 56.096 pesos, varios teléfonos celulares, 10 cheques, varios recipientes de vidrio conteniendo distintos líquidos, 12 cartuchos calibre 12 y un revólver calibre 22.
A solicitud de esta Fiscalía, el Juez de primera instancia de Rio Branco de 1º turno, dispuso la formalización y condena de R.S.L. como autor penalmente responsable de un delito de suministro y comercialización continuada de sustancia estupefaciente en reiteración real con un delito de tráfico de armas de fuego y municiones, a la pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, y de B.F.P. como autor penalmente responsable un delito de asistencia en la actividad delictiva tipificada en el art. 33 de la ley 19.574, a la pena de doce meses de prisión efectiva. Además, se dispuso el decomiso de dinero, drogas, celulares y elementos utilizados en la comisión del delito.
Ese mismo 28 de noviembre, horas más tarde, próximo a la hora 21:00, efectivos Militares y de Aduana apostados en Paso Frontera Río Branco, interceptaron en un nuevo control de rutina, un automóvil con dos ocupantes que pretendían ingresar al país desde Brasil transportando casi 30 kilos de marihuana en ladrillos. El automóvil matriculado en Brasil, era conducido por un hombre de 35 años, quien llevaba como acompañante a un adolescente de 17 años, ambos ciudadanos brasileños, los que trasportaban dentro de una mochila sobre los asientos traseros varios paquetes de marihuana prensada.
Ambos fueron detenidos y derivados al Área de Investigaciones II, disponiendo posteriormente Fiscalía la incautación de vehículo, el relevamiento de la sustancia por Policía Científica, el pesaje por Brigada Antidrogas, la prueba de campo y la conducción de ambos a la Sede. La sustancia incautada totalizó 30 ladrillos y medio de marihuana de tipo prensado con un peso de 29,500 kg.
La Fiscalía solicitó la condena del adolescente por la comisión de una infracción grave tipificada en la ley penal como asistencia de la actividad delictiva de importación ilegal y transporte de sustancia estupefaciente, a la medida socioeducativa de internación en INISA por el plazo de doce meses.
Por otro lado, G.G.M.J. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de importación ilícita y transporte de sustancia estupefaciente en calidad de autor a la pena de dos años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
La droga será enviada al ITF para su análisis y posterior destrucción, disponiéndose además la expulsión del país de estos dos encausados una vez cumplan la condena.
Se continúa con la investigación no descartándose la implicancia de otras personas en el hecho.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Formalización:
Es la comunicación que hace la Fiscalía que de su investigación surgen elementos objetivos de que ha ocurrido un delito (hecho con apariencia delictiva) y de quien sería el autor (imputado) y buscará que se lo declare como tal en el juicio respectivo. Esta comunicación se da bajo ciertas condiciones, es decir, en presencia del Juez y estando la persona imputada acompañada y asesorada por un abogado, esto se da en la llamada “audiencia de formalización”. Esto no quiere decir que la persona sea la culpable, eso se decidirá solamente mediante la sentencia de condena ya sea que se tramite por el juicio abreviado o juicio oral.
Audiencia de Formalización:
Es la instancia que se da ante el Juez donde el Fiscal comunica los hechos y el posible delito por el cual se investiga a la persona que es imputada. Si hay motivos para entender que podrá, fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad el Fiscal podrá solicitarle al Juez que adopte determinadas medidas cautelares. Las mismas pueden ir desde fijar un domicilio determinado, someterse a vigilancia, no concurrir a determinados sitios, entre otras medidas y en última instancia la prisión preventiva.
Prisión Preventiva:
Cuando las otras medidas cautelares no sean suficientes y se entienda que el imputado puede fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad, el Fiscal podrá pedirle al Juez que decrete la prisión preventiva del imputado, quien deberá esperar el juicio en prisión. Esta decisión no refiere directamente a su culpabilidad (lo que será resuelto en el juicio) sino en la posibilidad que de alguna manera realice actos que afecten el normal desarrollo del juicio.
Juicio Abreviado:
Una vez formalizada la investigación por parte de la Fiscalía, puede darse un acuerdo con el imputado y su defensa, para que el juicio se realice mediante esta forma, donde el tiempo y los pasos en la tramitación se simplifican de forma significativa. Se trata de una decisión estratégica del fiscal y la defensa frente al caso, donde de acuerdo al tipo de delito y los antecedentes que se tienen, el imputado acepta los hechos y el contenido de la investigación y en consecuencia, el Fiscal puede disminuir hasta en una tercera parte la pena que habría solicitado en un juicio oral. El imputado se ve favorecido porque ve reducida su pena y el Fiscal porque asegura una condena al imputado. En audiencia el juez escuchará a las partes, se asegurará que el imputado prestó su consentimiento, en forma libre, voluntaria y debidamente asistido y asesorado por su abogado de los alcances del acuerdo. En ese mismo acto, el juez dictará sentencia y el imputado comenzará a cumplir la condena.
Imputado:
Es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos.