Atlántida

Un hombre condenado por abuso sexual

J.C.C.G. fue condenado mediante proceso abreviado como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual agravado.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de Atlántida de 2° turno, representada por la fiscal adscripta Victoria Acevedo, obtuvo la condena mediante proceso abreviado de J.C.C.G. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual agravado, conforme lo establecido en los arts.1 a 3, 18, 60 nral. 1, 272 BIS y 279 literales A y C del Código Penal, a la pena de dos años y ocho meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

Se trata de una investigación iniciada a raíz de una denuncia radicada por la madre de las víctimas, en la que identifican a su abuelo materno como perpetrador del abuso sexual padecido.

En efecto, en enero de 2022, la madre de las víctimas realizó una denuncia por una situación de abuso sexual hacia su hija de 5 años. Manifestó que el día anterior había dejado a su hija al cuidado del abuelo (padre de la denunciante y ahora formalizado) y su esposa, que viven en el mismo predio.

Al regresar, su padre se encontraba sentado en la cama de la menor y se fue para su casa. En la noche, la niña le relató una situación que ella identificó como de abuso sexual, por lo cual decidió realizar la denuncia.

La Justicia de Familia Especializada, dispuso en forma inmediata medidas de prohibición de acercamiento y comunicación para el denunciado.

A raíz de lo develado por la niña, su hermana adolescente (de 13 años de edad) manifestó que ella también había sido víctima de abusos sexuales por parte de la misma persona desde que tenía 8 años hasta que tuvo 12 años.  Posteriormente, la denunciante amplió la denuncia con esta nueva develación.

De la investigación realizada por la Fiscalía surge que la pericia psiquiátrica del imputado, identifica “características como: 1) Desviación Sexual Especifica (pedofilia)”.

La Fiscalía cuenta hasta el momento con las siguientes evidencias: actas de declaración voluntaria en sede administrativa y en sede de Fiscalía, pericia psiquiátrica del imputado, historia clínica de las víctimas, entre otras.

No se realizó pericia psicológica a las víctimas, por entender la perito contraproducente exponerlas a una instancia pericial, teniendo en cuenta además las contundentes resultancias de la pericia psiquiátrica realizada al imputado.

Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía para su difusión pública.

Enlaces relacionados

Etiquetas