San Carlos

Hombre condenado por almacenamiento y distribución de material grafico de explotacion sexual a menores de edad

El proceso se tramitó mediante juicio abreviado ante el Juzgado Letrado Especializado en Violencia Basada en Género, Violencia Doméstica y Sexual de Tercer Turno de San Carlos.
Imagen meramente ilustrativa

El pasado 20 de agosto la Fiscalía de Género, Doméstica y Sexual Fiscalia de San Carlos de Segundo Turno, representada por su fiscal titular Mabel Brites y fiscal adscripta Andrea Techera, logró una condena de 2 años y 3 meses de prisión para una persona de sexo masculino, como autor penalmente responsable del delito de almacenamiento de material pornográfico en reiteración real con el de distribución de material pornográfico en el que aparecen menores de edad (artículo 2 de la ley N.º 17.815).

En setiembre de 2024, quien fuera director departamental del Instituto del Niño y Adolescencia del Uruguay (INAU) en Maldonado, presentó una denuncia, cuyo origen fue un llamado recibido en la Línea Azul de esa institución. En dicha comunicación, un varón adulto relataba haberse comunicado por redes sociales con una adolescente de 17 años pero que, días después, le dijo tener 11, que mantenía prácticas sexuales con hombres adultos y le compartió fotos y videos con contenido íntimo de otras niñas y adolescentes.

Investigado el número de teléfono desde el que se compartieron esos contenidos, surgió que el abonado era el actual condenado y se dispuso el allanamiento a su domicilio. En este operativo se incautaron varios dispositivos electrónicos (teléfono, computadora, tablet) que fueron analizados por la Unidad de Cibercrimen, encontrándose más de 2000 archivos, entre videos y fotos, en las que se ven claras evidencias de abuso sexual hacia niñas, niños y adolescentes.

Además de la condena mencionada, se determinó lo previsto en el artículo 79 de la ley N.º 19.580: la suspensión en el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años.

(Nota: este texto fue editado por la Unidad de Victimas y Testigos de Fiscalía para su difusión pública)

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