Un hombre fue condenado por tentativa de femicidio

La Fiscalía Departamental de Artigas de 1º turno, a cargo del fiscal Hermes Antúnez, logró la condena de J.A.F.N. de 45 años años, a la pena de ocho años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo como autor penalmente responsable de un delito de homicidio especialmente agravado por ser cometido en presencia de menores de edad y muy especialmente agravado por femicidio, en grado de tentativa, de conformidad a lo establecido en los artículos 1 a 3, 5, 18, 60 numeral 1, 310, 311 numeral 5 y 312 numeral 8 del Código Penal, en la redacción dada por el artículo 3 de la ley 19.538.
Se dispuso también la condena al pago de una reparación patrimonial para la víctima, equivalente a doce ingresos mensuales del condenado o en su defecto a doce salarios mínimos nacionales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80 de la ley 19.580.
Además, se deberá notificar a la víctima con cinco días de antelación la fecha de salida en libertad del condenado; a la vez que se estableció la prohibición de comunicación por cualquier medio y de acercamiento a la víctima por todo el plazo de la pena y por el lapso de 180 días luego de vencida la misma, como medida cautelar según lo dispuesto en el artículo 81 de la ley 19.580.
Según los hechos relevados hasta el momento, surge que J.A.F.N. y la víctima mantuvieron una relación de pareja, interrumpida hace aproximadamente dos años. En la mañana del 10 de marzo y mientras la víctima dormía, el imputado la atacó con un objeto, golpeándola en la cabeza, abandonando el domicilio en forma inmediata (donde también se encontraban dos niñas pequeñas).
Asimismo, se releva que la separación de la pareja fue en un contexto de violencia doméstica. Posteriormente, el hoy imputado insistió en varias oportunidades en retomar la relación, perpetró amenazas y mantuvo conductas de control hacia la víctima. Testigos señalan haberlo escuchado decir que “si no era de él no era de nadie” (en relación a la víctima).
Surge que la víctima sufrió traumatismos y lesiones varios, con riesgo de vida.
La Fiscalía ha contado, entre otras, con la siguiente evidencia: declaración de la víctima, de testigos y del personal actuante, pericia médico forense, declaración del imputado (debidamente asistido por su defensa), pericia psicológica del imputado, y carpeta técnica de la Policía Forense con el relevamiento de la escena del hecho y de los efectos incautados.
Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación para su difusión pública.