Nuevo régimen de trabajo de Fiscalía para enfrentar el aumento de casos de Covid-19

En línea con las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo en la noche del miércoles 16 de diciembre ante el significativo aumento de casos de Covid-19 en el país, la Fiscalía General de la Nación emitió una nueva resolución en la que adapta su funcionamiento a partir del viernes 18 de diciembre.
El régimen extraordinario de funcionamiento que se dispone es adoptado considerando la naturaleza del servicio que presta la institución, el que por sus características no admite interrupciones.
Se dispone como principio general que todas las sedes deberán permanecer abiertas asegurando un horario mínimo de funcionamiento de 9:30 a 17:00 horas. El horario de atención al público en todas las dependencias será de 10:00 a 15:00 horas, en tanto la recepción de denuncias se realizará de 10:00 a 14:00 horas. Es importante destacar que en todos los casos se atenderá exclusivamente por agenda previamente establecida. Para obtener una cita la persona debe agendarse al teléfono 1985 1919.
Solamente se permitirá el ingreso de las personas conducidas o citadas, de abogados defensores designados, convocados o agendados, y de policías que presten funciones, que oficien de custodias o que sean convocados por los equipos fiscales.
En cuanto al trabajo de los funcionarios fiscales del sistema acusatorio, aquellos equipos que se encuentren de turno deben concurrir presencialmente pudiendo preservar a un integrante que realice modalidad de teletrabajo. Los fiscales que no están de turno no están obligados a concurrir a sus despachos y realizarán teletrabajo, sin perjuicio del cumplimiento de las agendas establecidas y las audiencias judiciales fijadas.
Con respecto a los funcionarios administrativos, se organizarán en turnos laborales rotativos semanales, con el 50% del personal en régimen presencial y el restante en régimen de trabajo a distancia.
Otras dos resoluciones reglamentan el teletrabajo de los funcionarios fiscales y de los funcionarios administrativos.
Resolución Nº 660/2020 con el régimen general
Resolución Nº 661/2020 teletrabajo administrativos
Resolución Nº 662/2020 teletrabajo fiscales
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