Operación Anastasia: tres personas condenadas por comercialización ilegal de medicamentos

La investigación se inició en marzo de 2026, a partir de información obtenida por la Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional (DIPN), Regional Norte, respecto de la comercialización de medicamentos sin la correspondiente autorización.
En el marco de las actuaciones se identificó a una de las personas condenadas, quien ofrecía medicamentos a través de redes sociales, entre ellos productos utilizados para tratamientos de la obesidad y el control del peso. Las ventas se realizaban desde la frontera con Brasil y desde Rivera hacia distintos puntos del país, con envíos a través de empresas de transporte y sin la exigencia de recetas médicas. Además, contaba con una página web propia a través de la cual se comercializaba directamente uno de los medicamentos, admitiéndose como medios de pago el giro, el depósito bancario y el efectivo.
La investigación permitió establecer que el comercio utilizado para ofrecer los productos no correspondía a un establecimiento farmacéutico habilitado, no registrándose trámite de apertura alguno a su nombre. Asimismo, se constató que uno de los medicamentos ofrecidos aún no se encontraba comercializado en Uruguay y que su eventual comercialización debía cumplir con los controles y requisitos sanitarios correspondientes, incluyendo farmacovigilancia adicional.
La empresa titular de la distribución del medicamento en el país denunció que no había autorizado a los involucrados a importarlo, promocionarlo, venderlo ni distribuirlo en territorio uruguayo.
A partir del análisis de los movimientos financieros vinculados a la investigación, se constató el ingreso de aproximadamente 14 millones de pesos uruguayos en una cuenta bancaria entre enero y junio de 2026. Parte de esos movimientos permitió vincular a otra de las personas condenadas con la adquisición y posterior comercialización de los medicamentos.
El 6 de setiembre se concretó la detención de dos de los investigados cuando se desplazaban en un vehículo. En su interior fueron hallados 37 recipientes y conservadoras utilizados para el traslado de medicamentos que requerían condiciones especiales de conservación, además de teléfonos celulares. El análisis de los dispositivos incautados aportó evidencia sobre la participación de ambos en la comercialización de los productos.
Por otra parte, la investigación identificó a una tercera persona que ofrecía medicamentos y suplementos a través de distintas redes sociales y grupos de mensajería, con envíos a diferentes puntos del país. También contaba con una página web propia en la que se promocionaban los productos bajo denominaciones que no contaban con autorización del Ministerio de Salud Pública.
Durante el allanamiento de su domicilio se incautaron diversos medicamentos, suplementos y sustancias de uso deportivo, entre ellos productos anabólicos. El análisis del teléfono celular incautado permitió establecer su participación en la comercialización no autorizada de medicamentos.
Finalmente, un hombre fue condenado como autor penalmente responsable de un delito continuado de ofrecimiento comercial o venta de sustancias genuinas por persona inhabilitada para ello, a la pena de 18 meses de prisión, bajo régimen de libertad a prueba.
Otro fue condenado como coautor penalmente responsable de un delito de ofrecimiento comercial o venta de sustancias genuinas por persona inhabilitada para ello, a la pena de 12 meses de prisión, también bajo régimen de libertad a prueba.
La tercera persona fue condenada como autora penalmente responsable de un delito continuado de ofrecimiento comercial o venta de sustancias genuinas por persona inhabilitada para ello y un delito continuado de contrabando, todo en régimen de reiteración real, a la pena de 24 meses de prisión, también bajo régimen de libertad a prueba.
En los tres casos, la libertad a prueba quedó sujeta al cumplimiento de medidas como fijar residencia, someterse a orientación y supervisión por DINAMA, presentarse semanalmente ante la dependencia policial correspondiente y realizar dos horas semanales de trabajo comunitario durante diez meses. En dos de los casos, además, se dispuso la retención del pasaporte.
La sentencia también dispuso el comiso del dinero depositado en la cuenta bancaria vinculada a la investigación y del vehículo utilizado en los hechos, cuyos importes y bienes serán destinados a Rentas Generales conforme a lo establecido judicialmente.
