Montevideo

Otro condenado tras disturbios durante festejos de club de fútbol

Se logró la condena de un hombre como autor penalmente responsable de un delito de lesiones personales agravadas y un delito de atentado agravado, ambos en régimen de reiteración real, a una pena de veinte meses de prisión.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia de 16º Turno obtuvo, mediante un proceso abreviado, la condena de otro hombre por su participación en una serie de hechos delictivos ocurridos en el marco de los festejos por el 127° aniversario del Club Nacional de Football. 

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 14 de mayo, cuando efectivos de la Guardia Republicana desarrollaban tareas de control y dispersión de disturbios en la vía pública en el marco de dichos festejos. De acuerdo con la investigación, varios participantes protagonizaban desordenes y arrojaban piedras, botellas y otros objetos contundentes contra los funcionarios policiales en las inmediaciones del Club.

Los registros fílmicos permitieron identificar al ahora condenado entre quienes ocasionaban los disturbios, visualizándose claramente cuando subió al techo del vehículo involucrado y arrojó piedras a los efectivos policiales. Momentos después, al ser dispersada la parcialidad por calles aledañas, este mismo automóvil emprendió la marcha y embistió desde atrás a dos funcionarios policiales. Ninguno de los ocupantes del vehículo descendió a prestar asistencia a las víctimas.

La investigación liderada por la Fiscalía de Flagrancia de 16º Turno conjuntamente con el Departamento de Investigaciones de Zona II permitió reconstruir los hechos mediante registros de videovigilancia y cámaras corporales policiales. 

A partir de la evidencia reunida, que incluyó declaraciones de las víctimas, informes policiales, registros audiovisuales y cámaras corporales, pericias médicas y forenses, así como la declaración del propietario del vehículo, la Fiscalía acreditó ampliamente la participación del imputado en los hechos investigados.

Finalmente, se lo condenó como autor penalmente responsable de un delito de lesiones personales agravadas y un delito de atentado agravado, ambos en régimen de reiteración real, a una pena de veinte meses de prisión.

Cumplirá los primeros diez meses en régimen de arresto domiciliario total con dispositivo de monitoreo electrónico y autorización para salir a trabajar de lunes a viernes en el horario de 06:30 a 16:30 horas. El saldo restante se sustituirá por un Régimen de Libertad a Prueba, que implica: la obligación de residir en un lugar determinado sujeto a supervisión de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas (DINAMA); sujeción a la orientación y vigilancia de dicha oficina; presentación semanal en la seccional policial correspondiente a su domicilio; prestación de servicios comunitarios con una carga horaria de ocho horas semanales por el lapso de tres meses; y prohibición de abandonar el territorio nacional, con comunicación a la Dirección Nacional de Migraciones. 

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