Lavalleja

Una pareja condenada por violencia doméstica y lesiones graves

Además fueron condenados por el delito de omisión de los deberes inherentes a la patria potestad.
Imagen meramente ilustrativa

El día 27 de octubre, la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2° turno, representada por las fiscales Paula Goyeni y Cecilia Saavedra, obtuvo como resultado de un juicio oral la condena de D.M.H.N. y L.A.M.A. como coautores penalmente responsables de reiterados delitos de lesiones graves especialmente agravadas, en concurso formal con reiterados delitos de violencia doméstica agravada en reiteración real con un delito de omisión de los deberes inherentes a la patria potestad, a la pena de cuatro años de penitenciaría con descuento de la preventiva cumplida.

Las víctimas identificadas son dos niños de 1 y 3 años de edad, hijos de los condenados. Un familiar detectó que el más pequeño (que en ese momento tenía dos meses de edad) estaba dolorido en uno de sus miembros inferiores y resolvió consultar con el prestador de salud. Se diagnosticó diversas fracturas de huesos sin enfermedad que explique la misma. Las lesiones tenían tiempo de evolución diferente y, por las zonas corporales donde se ubicaron, se consideraron altamente específicas de maltrato infantil. Fue en este marco que el prestador de salud hizo la denuncia en julio de 2020.

En la fase de diagnóstico y atención, intervineron médicos, personal de enfermería, técnicos del área psicosocial que valoraron y trataron al niño y que luego prestaron testimonio durante las audiencias de juicio oral. De las declaraciones de los profesionales, se destaca: “concluye fractura evolucionada en un hueso no patológico que llevaba varios días y se debe sospechar y ponderar la existencia de maltrato infantil, cobró más relevancia cuando se le hizo una pesquisa radiológica y arrojó múltiples fracturas, cúbito y radio, en vara verde, arco costales y piernas, todas las fracturas evolucionadas, con callo óseo, en reparación

Por tanto, “expertos contundentes que trabajaron directamente con el niño y valoraron todos los estudios parece no quedar dudas que las lesiones fueron provocadas por sus progenitores.”

La sentencia agrega que “nació como un niño sano y tuvo una internación a los 22 días de vida… por una supuesta mancha en la piel pero en realidad eran hematomas en ambos pabellones auriculares y cuello y sin alteraciones en la crasis”.

Durante las audiencias de juicio oral celebrado en en el mes de octubre de 2021, se relevaron otros indicadores coincidentes, tales como que la consulta médica fue tardía, que los padres del bebé adujeron que las fracturas las habría provocado su hermano (señala la sentencia que: “que un niño de 2 años no puede romper los arcos costales de un niño de 2 meses”), así como la detección de circunstancias anteriores en la vida de los dos niños que podrían entenderse como indicadores de violencia hacia ellos.

El resumen que versa en la sentencia respecto del alegato final de la Fiscalía es que: “Fiscalía pudo probar más allá de toda duda razonable que ejercieron violencia doméstica sobre sus pequeños hijos, hasta tal extremo” que a uno de ellos “le ocasionaron lesiones graves y pusieron en riesgo la salud física de ambos niños, incumpliendo abiertamente lo deberes inherentes a la patria potestad, sin duda estamos ante un caso de maltrato infantil protagonizado por sus progenitores”.

“Pudo haber sido por acción o por omisión, pero no se visualiza otra explicación posible, habiendo descartado que las mismas provengan de un problema en los huesos como la osteogénesis imperfecta”. La sentencia reseña que: “No se tiene claro cómo se produjeron las fracturas, lo que sí está claro es que ellos (los padres) eran los que debían velar por su seguridad y protección y las mismas se produjeron dentro del ámbito familiar. No hay manera de que el otro progenitor no supiera lo que hacía el otro, en una hipótesis que fuera uno de ellos el que actúa y el otro omite”.

Como agravantes, se identificó que los agresores son progenitores de las víctimas, que el niño pequeño corrió riesgo de vida y a su vez implican un tiempo de inhabilitación superior a 20 días y que la víctima menor de 18 años de edad.

Nota: Este texto fue elaborado por la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía para su difusión pública.

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