Maldonado

Quedó firme la condena de dos mujeres por un homicidio

Las dos mujeres habían sido condenadas en primera instancia a 27 y 25 años de penitenciaría como autoras del homicidio de un hombre en julio de 2019. También había sido condenado un hombre por este hecho a 25 años de penitenciaría pero su defensa no apeló la sentencia.
Imagen meramente ilustrativa

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno, compuesto por los ministros Ricardo Miguez, José Balcaldi y Daniel Tapié, confirmó la sentencia de primera instancia ratificando la condena de dos mujeres a veintisiete y veinticinco años de penitenciaría por el homicidio de un hombre ocurrido el día 28 de julio de 2019.

También había sido condenado en primera instancia un hombre, de iniciales C.W.B.D.L.S., como autor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veinticinco años de penitenciaría de cumplimiento efectivo. Al no apelarse esta sentencia, la condena quedó confirmada.

Este caso estuvo a cargo de la Fiscalía Departamental de Maldonado de 1º turno, a cargo del fiscal Sebastián Robles junto con los fiscales adscriptos María Olazábal y Diego Silveira.

En cuanto a los hechos, en la madrugada de 28 de julio de 2019, la víctima luego de salir de trabajar compró comida para cenar y se dirigió a la casa de una de las ahora condenadas. L.E.F.C. mantenía una relación afectuosa con la víctima pero se trataba de un engaño con el objetivo de apropiarse de su dinero. Esa noche, producto de la ingesta de algunos fármacos que fueron puestos en un jugo de frutas por los imputados, el hombre quedó en estado de inconciencia. Posteriormente, le realizaron maniobras crueles y de tortura para luego trasladarlo en su auto hasta el barrio Kennedy donde incendiaron el coche con él adentro.

Una vez abandonaron la escena, volvieron a la vivienda para después dirigirse rumbo a San Carlos y luego continuar su ruta hasta Chuy, donde los tres se alojaron en un hotel. En este recorrido realizaron varias extracciones de la cuenta y compras con la tarjeta de la víctima. Se pudo comprobar que todas estas compras y retiros fueron realizados con la tarjeta de la víctima, cuando él ya había sido ultimado.

La Fiscalía pudo demostrar estos hechos con la presentación de las siguientes evidencias: declaraciones testimoniales; declaraciones de peritos; documentación de la escena, de los allanamientos e incautaciones; cámaras del servicio público de Maldonado, San Carlos y Chuy y mensajes de audio y texto de los celulares incautados, entre otras.

En segunda instancia, el Tribunal confirmó la condena de L.E.F.C. como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veintisiete años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

Además, quedó firme la condena de G.K.C.Z. como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veinticinco años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva cumplida.

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