Seis condenados por asociación para delinquir y estafa

La Fiscalía Departamental de Ciudad de la Costa de 2° turno, a cargo de la fiscal Sandra Fleitas, logró la condena, mediante proceso abreviado, de cinco personas por asociación para delinquir y por estafa, tras haberle robado a una anciana de 69 años que vivía en una residencial US$ 70.000 y $2.000.000 aproximadamente.
La maniobra fue alertada por el Banco al advertir una serie de transacciones inusuales realizadas electrónicamente desde la cuenta de la víctima hacia otras cuentas bancarias, activando al sector de prevención de riesgos que se comunicó con el sobrino de la víctima para informar sobre la situación.
De la investigación liderada por Fiscalía surge acreditado que una de las funcionarias de la residencial, responsable del cuidado y atención de la damnificada, generó una nueva clave bancaria y entregó la tarjeta de débito a otro de los condenados en la causa para que puedan habilitarla mediante el cajero.
Ya con la nueva clave generada y habilitada, otros miembros de la asociación realizaron giros desde la cuenta de la víctima hacia cuentas pertenecientes a integrantes de la asociación.
Finalmente, fueron condenados:
J.N.R.S. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa en calidad de coautor a la pena de trece meses de prisión efectiva.
L.F.M.C. como autora penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa, a la pena de veintidós meses de prisión en un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: los primeros cuatro meses de la condena deberá permanecer en su domicilio en régimen de prisión domiciliaria completa, los siguientes dos en un régimen de prisión domiciliaria nocturna desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas, la fijación de un domicilio, la presentación en la seccional de su domicilio una vez a la semana, realizar tareas comunitarias por el plazo de tres meses con una carga horaria de dos horas semanales, quedando a disposición de DINAMA a tales efectos.
V.A.C.F. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa, a la pena de catorce meses de prisión en un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: los primeros seis meses de arresto domiciliario parcial desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas, la fijación de un domicilio, la presentación en la seccional de su domicilio una vez a la semana, realizar tareas comunitarias por el plazo de cuatro meses con una carga horaria de dos horas semanales, quedando a disposición de DINAMA a tales efectos.
L.M.G. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa, a la pena de quince meses de prisión en un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: los primeros seis meses de arresto domiciliario parcial desde las 22:00 horas hasta las 6:00 horas, la fijación de un domicilio, la presentación en la seccional de su domicilio una vez a la semana, realizar tareas comunitarias por el plazo de cuatro meses con una carga horaria de dos horas semanales, quedando a disposición de DINAMA a tales efectos.
A.F.T.B. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa en calidad de coautor, a la pena de veinticuatro meses de prisión en un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: los primeros cuatro meses de la condena deberá permanecer en su domicilio en régimen de prisión domiciliaria completa, todo bajo supervisión de la DINAMA, restituir a la víctima USD 2000 dólares antes del 28 de diciembre de 2024, residencia en un lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia de la DINAMA, la presentación en la seccional de su domicilio, realizar tareas comunitarias por el plazo de tres meses con una carga horaria de dos horas semanales.
G. D.C. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con un delito de estafa, a la pena de veinticuatro meses de prisión, los que se computarán de la siguiente forma: los primeros cuatro meses de prisión efectiva. Los siguientes veinte meses se sustituirán en un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: fijar un domicilio y realizar tareas comunitarias por el plazo de seis meses con una carga horaria de dos horas semanales, quedando a disposición de DINAMA. Además, se dispuso el comiso de una camioneta, siento el depositario el Departamento de Investigaciones a los efectos de ser entregado a la víctima una vez que se logre acordar con el vendedor el pago del precio que pactó con el condenado, con el fin de la reparación patrimonial de la víctima.