Montevideo

Tribunal de Apelaciones confirma condena a adolescente por homicidio

La defensa del condenado había apelado la sentencia alegando falta de pruebas suficientes, contradicciones en los testimonios y una investigación policial incompleta.
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El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno confirmó la sentencia que responsabilizó a un adolescente por la comisión de una infracción gravísima a la ley penal, calificada como delito de homicidio especialmente agravado por premeditación y en presencia de menores de edad, y muy especialmente agravado al haberse producido la muerte de una persona y heridas a otras en el mismo episodio.

El fallo de primera instancia había dispuesto una medida socioeducativa privativa de libertad de nueve años y diez meses en el INISA, con descuento del tiempo de internación preventiva efectivamente cumplido.

La defensa del condenado interpuso recurso de apelación alegando falta de pruebas suficientes, contradicciones en los testimonios y una investigación policial incompleta. Según sus argumentos, no se acreditó la existencia de rivalidad entre el adolescente y las víctimas, ni su pertenencia a grupos delictivos.

Por su parte, la Fiscalía de Adolescentes de Montevideo de primer turno, a cargo del fiscal Ricardo Chiecchi, sostuvo que la prueba presentada fue suficiente para acreditar la autoría del hecho, destacando la coherencia de las declaraciones de las víctimas y testigos que identificaron al joven como acompañante en la motocicleta desde la que se efectuaron los disparos. Además, la Fiscalía subrayó que las contradicciones señaladas por la defensa eran propias de la diversidad de percepciones entre los testigos y no invalidaban la reconstrucción de los hechos.

El Tribunal, integrado por los ministros Claudia Diperna Acosta, María del Carmen Díaz Sierra y Guillermo Gutiérrez Herrera, coincidió en forma unánime con la valoración probatoria de la sentencia apelada. En su resolución, destacó que la prueba reunida permitió alcanzar el estándar de certeza requerido por el Código del Proceso Penal, confirmando que el adolescente participó directamente en el ataque que causó una muerte y lesiones a varias personas, entre ellas niños y adolescentes.

La sentencia concluye que: “el estándar probatorio exige del Juzgador la clara convicción de la participación de un adolescente en el ilícito penal y ello se ha logrado existiendo prueba clara e inequívoca de que el adolescente es el autor de las infracciones que se le imputan”. Por tanto, el tribunal confirmó en todos sus términos la condena impuesta en primera instancia.

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