Tribunal de Apelaciones confirmó sentencia de 30 años por un femicidio ocurrido en Bella Unión

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º turno confirmó el martes 18 de mayo una sentencia de primera instancia que condenó a un hombre a 30 años de penitenciaría por el femicidio de su pareja, ocurrido en Bella Unión.
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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º turno confirmó el martes 18 de mayo una sentencia de primera instancia que condenó a un hombre a 30 años de penitenciaría por el femicidio de su pareja, ocurrido en Bella Unión.

Trabajó en la investigación del caso el equipo de la Fiscalía Departamental de Bella Unión, integrado por las fiscales Silvia Ferreira, Andrés Pricoli y Ana Iriarte, con el apoyo de técnicos de la Unidad de Víctimas y Testigos.

El caso sucedió el 24 de junio de 2019, cuando la mujer fue encontrada sin vida en su vivienda, en la que vivía con su pareja y su hija. La noche anterior habían estado conversando y bebiendo alcohol hasta la madrugada con otras personas. En ese contexto se generaron discusiones en la pareja, ya que el condenado sospechaba que la mujer mantenía una relación amorosa con otra persona.

En la sentencia, el tribunal integrado por los ministros Alberto Reyes, Graciela Gatti y Sergio Torres destaca que el trato que el encausado dispensaba a la víctima evidencia el desprecio a la condición de mujer. Asimismo, cita un informe victimológico en el que se señala que es imposible no entender el femicidio “como otro elemento más donde el imputado decidió adueñarse de la vida de la víctima”.

El equipo fiscal actuante destacó el trabajo realizado en el caso por el personal policial de la Unidad de investigaciones Zona II.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Formalización:

Es la comunicación que hace la Fiscalía que de su investigación surgen elementos objetivos de que ha ocurrido un delito (hecho con apariencia delictiva) y de quien sería el autor (imputado) y buscará que se lo declare como tal en el juicio respectivo. Esta comunicación se da bajo ciertas condiciones, es decir, en presencia del Juez y estando la persona imputada acompañada y asesorada por un abogado, esto se da en la llamada “audiencia de formalización”. Esto no quiere decir que la persona sea la culpable, eso se decidirá solamente mediante la sentencia de condena ya sea que se tramite por el juicio abreviado o juicio oral.

Audiencia de Formalización:

Es la instancia que se da ante el Juez donde el Fiscal comunica los hechos y el posible delito por el cual se investiga a la persona que es imputada. Si hay motivos para entender que podrá, fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad el Fiscal podrá solicitarle al Juez que adopte determinadas medidas cautelares. Las mismas pueden ir desde fijar un domicilio determinado, someterse a vigilancia, no concurrir a determinados sitios, entre otras medidas y en última instancia la prisión preventiva.

Prisión Preventiva:

Cuando las otras medidas cautelares no sean suficientes y se entienda que el imputado puede fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad, el Fiscal podrá pedirle al Juez que decrete la prisión preventiva del imputado, quien deberá esperar el juicio en prisión. Esta decisión no refiere directamente a su culpabilidad (lo que será resuelto en el juicio) sino en la posibilidad que de alguna manera realice actos que afecten el normal desarrollo del juicio.

Juicio Abreviado:

Una vez formalizada la investigación por parte de la Fiscalía, puede darse un acuerdo con el imputado y su defensa, para que el juicio se realice mediante esta forma, donde el tiempo y los pasos en la tramitación se simplifican de forma significativa. Se trata de una decisión estratégica del fiscal y la defensa frente al caso, donde de acuerdo al tipo de delito y los antecedentes que se tienen, el imputado acepta los hechos y el contenido de la investigación y en consecuencia, el Fiscal puede disminuir hasta en una tercera parte la pena que habría solicitado en un juicio oral. El imputado se ve favorecido porque ve reducida su pena y el Fiscal porque asegura una condena al imputado. En audiencia el juez escuchará a las partes, se asegurará que el imputado prestó su consentimiento, en forma libre, voluntaria y debidamente asistido y asesorado por su abogado de los alcances del acuerdo. En ese mismo acto, el juez dictará sentencia y el imputado comenzará a cumplir la condena.

Imputado:

Es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos.