Tribunal de Apelaciones confirmó sentencia de primera instancia en un caso de homicidio

El día 11 de marzo, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º turno, integrado por los magistrados Gabriela Merialdo, Ángel Cal y Luis Charles, confirmó la sentencia de primera instancia en un caso de homicidio, dictada el 16 de setiembre de 2020 por la jueza en lo Penal de 33º turno, Adriana de los Santos.
En los hechos, M.N.N.T. y L.C.C.D. fueron condenados como autor y coautora penalmente responsables de un delito de homicidio muy especialmente agravado a la pena de veintiocho y veintiséis años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, respectivamente; sentencia que fue apelada por la Defensa de los condenados.
En su fallo, el Tribunal sentencia que "ha quedado plenamente probado, con la prueba diligenciada en juicio oral conformada por declaraciones testimoniales, pruebas científicas y periciales, valoradas según las reglas de la sana crítica, que existió un nexo causal entre el accionar intencional de los agentes y el resultado ajustado a la intención (muerte), por lo que se irá al rechazo de los agravios de la Defensa, los cuales no han logrado conmover los fundamentos fácticos y jurídicos en que reposa la recurrida".
El documento agrega que "la pena que se individualiza en la presente, a la luz de dichos conceptos, se considera que respeta adecuadamente el grado de lo injusto, sus circunstancias y así como las personalidades de los agentes de autos (arts. 50 y 86 del C.P.)".
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Formalización:
Es la comunicación que hace la Fiscalía que de su investigación surgen elementos objetivos de que ha ocurrido un delito (hecho con apariencia delictiva) y de quien sería el autor (imputado) y buscará que se lo declare como tal en el juicio respectivo. Esta comunicación se da bajo ciertas condiciones, es decir, en presencia del Juez y estando la persona imputada acompañada y asesorada por un abogado, esto se da en la llamada “audiencia de formalización”. Esto no quiere decir que la persona sea la culpable, eso se decidirá solamente mediante la sentencia de condena ya sea que se tramite por el juicio abreviado o juicio oral.
Audiencia de Formalización:
Es la instancia que se da ante el Juez donde el Fiscal comunica los hechos y el posible delito por el cual se investiga a la persona que es imputada. Si hay motivos para entender que podrá, fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad el Fiscal podrá solicitarle al Juez que adopte determinadas medidas cautelares. Las mismas pueden ir desde fijar un domicilio determinado, someterse a vigilancia, no concurrir a determinados sitios, entre otras medidas y en última instancia la prisión preventiva.
Prisión Preventiva:
Cuando las otras medidas cautelares no sean suficientes y se entienda que el imputado puede fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad, el Fiscal podrá pedirle al Juez que decrete la prisión preventiva del imputado, quien deberá esperar el juicio en prisión. Esta decisión no refiere directamente a su culpabilidad (lo que será resuelto en el juicio) sino en la posibilidad que de alguna manera realice actos que afecten el normal desarrollo del juicio.
Juicio Abreviado:
Una vez formalizada la investigación por parte de la Fiscalía, puede darse un acuerdo con el imputado y su defensa, para que el juicio se realice mediante esta forma, donde el tiempo y los pasos en la tramitación se simplifican de forma significativa. Se trata de una decisión estratégica del fiscal y la defensa frente al caso, donde de acuerdo al tipo de delito y los antecedentes que se tienen, el imputado acepta los hechos y el contenido de la investigación y en consecuencia, el Fiscal puede disminuir hasta en una tercera parte la pena que habría solicitado en un juicio oral. El imputado se ve favorecido porque ve reducida su pena y el Fiscal porque asegura una condena al imputado. En audiencia el juez escuchará a las partes, se asegurará que el imputado prestó su consentimiento, en forma libre, voluntaria y debidamente asistido y asesorado por su abogado de los alcances del acuerdo. En ese mismo acto, el juez dictará sentencia y el imputado comenzará a cumplir la condena.
Imputado:
Es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos.