Tribunal de Apelaciones dio la razón a Fiscalía y dispuso prisión preventiva en un caso de privación de libertad y lesiones

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno, revocó una decisión de primera instancia e hizo lugar a la solicitud de prisión preventiva de un policía realizada por Fiscalía.
El 9 de abril de 2021, la Fiscalía Departamental de Atlántida de 2º turno, a cargo de la fiscal Mirna Busich, imputó a A.S.M.P. como presunto autor de un delito de abuso de funciones, un delito de lesiones graves especialmente agravado y un delito de privación de libertad, todos en régimen de reiteración real.
La fiscal Busich solicitó que se dispusiera como medida cautelar la prisión preventiva del imputado por el plazo de 180 días. El Juez de Primera Instancia en lo Penal de 1º turno de Atlántida no hizo lugar a la solicitud de la fiscal y dispuso para el imputado su arresto domiciliario con dispositivo electrónico, la prohibición de comunicación por sí o por interpuesta persona por cualquier medio con la víctima y la prohibición de portar armas, todas por el lapso de 180 días.
Ante esto, la fiscal apeló la decisión del juez, basándose, entre otros argumentos, en el entorpecimiento de la investigación y en el riesgo para víctima.
En la sentencia, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º turno, integrado por los ministros José Balcaldi, Daniel Tapie y Ricardo Miguez, afirma que "la medida cautelar de la prisión preventiva, se verifica como la única cautelar eficaz, para evitar la ocurrencia de los riesgos esgrimidos por la actora, en especial atendiendo a la gravedad de los hechos y que surgen acreditados según la evidencia con que dijo contar y que relacionó oportunamente la Fiscalía".
El documento agrega que "se ha visto en autos la persistencia del imputado en su quehacer irreflexivo, persiguiendo a la víctima sin motivo habilitante, habiendo casi eventualmente podido haber ingresado en delito de mayor gravedad sin motivo suficiente para ello... Surge de los dichos de la Fiscalía que sobre M. ya habían existido quejas, denuncias y anotaciones policiales por su actuación en casos similares, por lo cual, si bien seguramente ya fue desarmado, ello no garantiza que su accionar vuelva a repetirse contra la eventual víctima de permanecer en libertad".
El Tribunal sostiene que "existen elementos de convicción suficientes para presumir que el imputado M. intentará entorpecer de cualquier manera la investigación y la medida de la prisión preventiva es necesaria para la seguridad de la víctima".
"M. es el policía que le efectuó los disparos por detrás a la víctima, y el entorpecimiento y el riesgo para la víctima existe, visto ese hecho. Le habrían “plantado” un revólver calibre 38 con municiones del Ministerio del Interior, M. junto a varios de sus compañeros que están siendo investigados. Esa noche disparó contra la víctima y luego intentaron modificar la escena del hecho por lo que perfectamente puede incidir entorpeciendo la investigación", concluye.
Por estos fundamentos, el Tribunal resolvió dar la razón a la Fiscalía y disponer la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado por el plazo de 180 días.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Formalización:
Es la comunicación que hace la Fiscalía que de su investigación surgen elementos objetivos de que ha ocurrido un delito (hecho con apariencia delictiva) y de quien sería el autor (imputado) y buscará que se lo declare como tal en el juicio respectivo. Esta comunicación se da bajo ciertas condiciones, es decir, en presencia del Juez y estando la persona imputada acompañada y asesorada por un abogado, esto se da en la llamada “audiencia de formalización”. Esto no quiere decir que la persona sea la culpable, eso se decidirá solamente mediante la sentencia de condena ya sea que se tramite por el juicio abreviado o juicio oral.
Audiencia de Formalización:
Es la instancia que se da ante el Juez donde el Fiscal comunica los hechos y el posible delito por el cual se investiga a la persona que es imputada. Si hay motivos para entender que podrá, fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad el Fiscal podrá solicitarle al Juez que adopte determinadas medidas cautelares. Las mismas pueden ir desde fijar un domicilio determinado, someterse a vigilancia, no concurrir a determinados sitios, entre otras medidas y en última instancia la prisión preventiva.
Prisión Preventiva:
Cuando las otras medidas cautelares no sean suficientes y se entienda que el imputado puede fugarse, entorpecer la investigación o ser un riesgo para la víctima o la sociedad, el Fiscal podrá pedirle al Juez que decrete la prisión preventiva del imputado, quien deberá esperar el juicio en prisión. Esta decisión no refiere directamente a su culpabilidad (lo que será resuelto en el juicio) sino en la posibilidad que de alguna manera realice actos que afecten el normal desarrollo del juicio.
Juicio Abreviado:
Una vez formalizada la investigación por parte de la Fiscalía, puede darse un acuerdo con el imputado y su defensa, para que el juicio se realice mediante esta forma, donde el tiempo y los pasos en la tramitación se simplifican de forma significativa. Se trata de una decisión estratégica del fiscal y la defensa frente al caso, donde de acuerdo al tipo de delito y los antecedentes que se tienen, el imputado acepta los hechos y el contenido de la investigación y en consecuencia, el Fiscal puede disminuir hasta en una tercera parte la pena que habría solicitado en un juicio oral. El imputado se ve favorecido porque ve reducida su pena y el Fiscal porque asegura una condena al imputado. En audiencia el juez escuchará a las partes, se asegurará que el imputado prestó su consentimiento, en forma libre, voluntaria y debidamente asistido y asesorado por su abogado de los alcances del acuerdo. En ese mismo acto, el juez dictará sentencia y el imputado comenzará a cumplir la condena.
Imputado:
Es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos.