Tacuarembó

Tribunal confirmó condena por homicidio culpable

Como resultado de un juicio oral, un hombre había sido condenado en primera instancia como autor de un delito de homicidio culpable en reiteración con un delito de lesiones leves pero su Defensa apeló el fallo.
Imagen meramente ilustrativa

El 30 de junio de 2022 la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 2° turno, representada por el fiscal adscripto Rodrigo Goncalvez, había obtenido la condena de un hombre como responsable de un accidente en el que falleció una persona y otra resultó lesionada. Su Defensa presentó un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno, integrado por los ministros Julio Olivera, José Gómez y Ana Martínez, consideró que quedó plenamente probado que P. conducía la moto en forma antirreglamentaria pues lo hacía a velocidad excesiva y con alcohol en sangre lo que constituye una violación de deber de cuidado o una elevación no permitida de riesgo y que el resultado (al menos previsible) se produjo como consecuencia de la introducción de aquel riesgo prohibido”.

“El Sr. P.P. no previó el resultado que debió haberse previsto de no ser por su actuación indiferente y descuidada, conculcando los deberes de todo conductor de hacerlo a velocidad reglamentaria y sin haber consumido previamente alcohol. Así, con su comportamiento creó o incrementó un riesgo típicamente relevante, quedando justificada la decisión condenatoria bajo la imputación de referencia”, agrega la sentencia.

El Tribunal confirmó la sentencia condenando a J.H.P.P. a la pena de cuatro años de penitenciaría a cumplirse de la siguiente manera: dos años de cumplimiento efectivo y los restantes dos años bajo el régimen de libertad a prueba con la obligación de fijar domicilio, de presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio y de prestar servicios comunitarios; y con la prohibición de conducir vehículos mientras esté sometido al régimen de libertad a prueba.

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