Canelones

Tribunal confirmó sentencia en caso de homicidio

Un hombre había sido condenado en primera instancia como autor de un delito de homicidio muy especialmente agravado a la pena de 29 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo pero su Defensa apeló el fallo.
Imagen meramente ilustrativa.

En junio de 2023, la Fiscalía Departamental de Canelones de 1° turno, a cargo de la fiscal Andrea Mastroianni con el apoyo de la Unidad de Litigación Estratégica, había obtenido la condena de un hombre por el homicidio de una mujer en la localidad de Castellanos, Canelones ocurrido el 4 de setiembre de 2019.

C.F.P.S. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado a la pena de veintinueve años de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva cumplida. Este fallo de primera instancia fue apelado por la Defensa del condenado con el argumento, entre otros, que las pruebas aportadas al proceso por la Fiscalía no fueron suficientes para derribar la inocencia de su defendido.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de … turno, integrado por los ministros Daniel Tapié, Ricardo Miguez y Beatriz Larrieu, desestimó el recurso de apelación presentado por la Defensa y confirmó la sentencia de primera instancia.

En su dictamen manifiestan que “C.P. estuvo en el lugar y momento en que se sucedieron los hechos, que participó del homicidio (…) y que la sindicación de los demás copartícipes no se

encuentra viciada por motivos ficticios o espurios”.

En las referidas declaraciones anticipadas, U., S. y P. sindican de manera coincidente a C.P. como participante del homicidio”, agrega la sentencia.

Además, en el documento argumentan que “la participación de C.P. en el ilícito que se le atribuye, surge además de un cúmulo de indicios, los cuales han sido referenciados por la Fiscalía constituyen un elemento probatorio más dentro del conjunto allegado a la causa”.

Concluyen que “en opinión del Tribunal, los medios probatorios allegados a la causa, entre ellos: actuaciones policiales, declaraciones testimoniales, protocolo de autopsia, carpetas de policía científica, registros fotográficos, declaraciones testimoniales así como las propias de los encausados en autos en presencia de sus respectivas Defensas y demás indicios recabados y minuciosamente analizados en la extensa, detallada y compartible sentencia de Primera Instancia, llevan inequívocamente a concluir que el encausado C.F.P.S. participó activamente en el hecho ilícito que se le imputa en la modalidad y grado expuestos en la hostilizada y por los cuales en definitiva fuera condenado en primera instancia”.

En efecto, el Tribunal confirmó el fallo de primera instancia y compartió los agravios de la Fiscalía en cuanto consideró que debió computarse la agravante de la pluriparticipación.

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