San Carlos

Tribunal dio la razón a Fiscalía en un caso de agresión sexual a una persona trans

La Fiscalía Departamental de San Carlos de 1er. turno apeló la decisión de la jueza en cuanto a no imponer una medida cautelar al agresor.
Imagen meramente ilustrativa

La Fiscalía Departamental de San Carlos de 1er. turno, a cargo de la fiscal Gladys Brites, y su equipo integrado por las fiscales adscriptas Fiorella Marzano, Pamela Meirelles y Gabriela Carrancio, imputó a un hombre por un delito de abuso sexual especialmente agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales a una mujer trans y solicitó una medida cautelar de prisión preventiva por 180 días. 

La jueza interviniente entendió que no correspondía disponer la medida solicitada, dado que el imputado ya estaba cumpliendo una medida cautelar de arresto domiciliario nocturno por otro caso. En virtud de ello, la fiscal Marzano interpuso recurso de reposición y apelación contra la decisión adoptada.

En cuanto al caso, el pasado 25 de abril, en la ciudad de San Carlos, una mujer trans denunció haber sido abusada y violentada por un individuo que fue prontamente identificado. La Fiscalía, actuando según el protocolo de abuso, solicitó la inmediata orden de detención y la práctica de pericias forenses, así como las imágenes de las cámaras de video-vigilancia de la zona en las que se vio correr a la víctima huyendo del lugar, entre otras evidencias.  

En la audiencia, la Fiscalía justificó la solicitud de prisión preventiva para el imputado, teniendo en cuenta que la víctima fue gravemente agredida por éste y que se encontraba en estado de extrema vulnerabilidad; que existía semiplena prueba de la ocurrencia del hecho y de la participación del imputado como presunto autor del mismo; la calidad de reincidente de éste último y el claro riesgo de entorpecimiento de la investigación, que se vinculaba estrechamente con el riesgo para la víctima, entre otras argumentaciones. La jueza interviniente negó la solicitud con los argumentos anteriormente mencionados.

En virtud del recurso interpuesto, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° turno, integrado por los ministros Sergio Torres, Alberto Reyes y Graciela Eustachio, dio la razón a la Fiscalía, revocó la sentencia y dispuso la prisión preventiva para el imputado por 90 días, entendiendo acreditados los riesgos procesales, en especial la vulnerabilidad de la víctima. 

El Tribunal tuvo en consideración el hecho de que la anterior medida cautelar, a la que estaba sujeto el imputado, solo contemplaba su reclusión domiciliaria de 22:00 a 6:00 de la mañana y que, pese a ello, cometió este nuevo y grave delito.

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