Fiscalía

Según el art. 3 de la Ley 19334, a la Fiscalía General de la Nación, le compete ejercer las funciones del Ministerio Público y Fiscal, conforme a las disposiciones vigentes.

Cometidos Sustantivos

  • Fijar, diseñar y ejecutar la política pública de investigación y persecución penal de crímenes, delitos y faltas.
  • Dirigir la investigación de crímenes, delitos y faltas.
  • Ejercer la titularidad de la acción penal pública en la forma prevista por la ley.
  • Atender y proteger a víctimas y testigos de delitos.
  • Ejercer la titularidad de la acción pública en las causas de adolescentes infractores.
  • Ejercer la titularidad de la acción fiscal en las causas por infracciones aduaneras.
  • Promover y ejercer la acción civil en los casos previstos en el artículo 28 del Código General del Proceso en la redacción dada por el artículo 649 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015 y en el literal C) del artículo 35 de la presente ley (Convención sobre obtención de alimentos en el extranjero, Nueva York, 1956).
  • Actuar en representación de la sociedad en los asuntos de intereses difusos, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 42 del Código General del Proceso.