Dictamen N° 13/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación
N.º 00013
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación enautos caratulados “RIOS JULIO NELSON. HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA” IUE 222-375/2015, expone:
En las presentes actuaciones, al penado Julio Nelson Ríos le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 1661 de fecha 30/7/2015 (fs. 55), la que fue notificada el 12/12/2016 (fs. 62). El período de vigilancia venció el 21/4/2017 (fs. 64).-
Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de estafa, IUE 240-270/2017, causa informada a fs. 102-103 y 131, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Jorge Díaz
Director General