Dictamen N° 13/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación

Revocación libertad condicional.-

N.º 00013

SUPREMA  CORTE  DE  JUSTICIA:

El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación enautos caratulados  “RIOS   JULIO   NELSON.   HURTO   ESPECIALMENTE AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA” IUE 222-375/2015,  expone:

En las presentes actuaciones, al penado Julio Nelson Ríos le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 1661 de fecha 30/7/2015 (fs. 55), la que fue notificada el 12/12/2016 (fs. 62). El período de vigilancia venció el 21/4/2017 (fs. 64).-

Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de estafa, IUE 240-270/2017,   causa informada a fs. 102-103 y 131, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330del Código del Proceso Penal, correspondería  proceder   a   la   revocación  del beneficio oportunamente otorgado.

Dr. Jorge Díaz
Director General

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