Dictamen N° 132/021 Fiscalía General de la Nación.-
N.º 132
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Subrogante) en autos caratulados “QUINTEROS RAMOS, CARLOS DANIEL UN DELITO DE HURTO.” IUE 92-73/2013, expone:
En las presentes actuaciones, al penado Carlos Daniel Quinteros Ramos, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 3053 de fecha 21/11/2013 (fs. 65), la que fue notificada el 17/06/14 (fs. 74). El período de vigilancia venció el 20/08/2015 (fs. 79).-
Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, IUE 94-143/2015, causa informada de fs. 116 a 119, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)