Dictamen N° 132/021 Fiscalía General de la Nación.-

Revocación - libertad condicional.-

N.º 132

SUPREMA  CORTE  DE  JUSTICIA:

El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Subrogante) en autos caratulados “QUINTEROS RAMOS, CARLOS DANIEL  UN DELITO DE HURTO.”  IUE 92-73/2013,  expone:

En las presentes actuaciones, al penado Carlos Daniel Quinteros Ramos,  le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 3053 de fecha 21/11/2013 (fs. 65), la que fue notificada el 17/06/14 (fs. 74). El período de vigilancia venció el 20/08/2015 (fs. 79).-

Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, IUE 94-143/2015,  causa informada de fs. 116 a 119,  lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-

Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.  

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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