Dictamen N° 136/021 Fiscalía General de la Nación.-

Revocación - libertad anticipada.-

N.º 136

SUPREMA  CORTE  DE  JUSTICIA:

El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Subrogante) en autos caratulados “MEDINA DOMINGUEZ, FERNANDO. AUTOR DE HOMICIDIO MUY ESP. AGRAV. CABALLERO LEMA, JORGE PABLO. COAUTOR DE HOMICIDIO MUY ESP. AGRAV. Y AUTOR DE PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE ARMAS EN R.R.” IUE 96-248/2000,  expone:

En las presentes actuaciones, al penado Fernando Medina Domínguez,  le fue conferido el beneficio de la Libertad Anticipada por resolución Nº 609 de fecha 15/04/2015 (fs. 326), la que fue notificada en la misma fecha  (fs. 327). El período de vigilancia venció el 31/01/2019 (fs. 298 y 314).-

Durante el transcurso del mismo, cometió una rapiña especialmente agravada en grado de tentativa,  IUE 573-2040/2018, causa informada de fs. 438-441,  lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
 
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.  

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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