Dictamen N° 139/021 Fiscalía General de la Nación.-

Revocación - libertad condicional.-

N.º 139

SUPREMA  CORTE  DE  JUSTICIA:

El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Subrogante) en autos caratulados “FILIPPA AGUIRRE, ALVARO GIOVANNI. UN DELITO DE VIOLENCIA PRIVADA.” IUE 380-840/2013,  expone:

En las presentes actuaciones, al penado Alvaro Giovanni Filippa Aguirre, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución Nº 3703 de fecha 15/12/2014 (fs. 93), la que fue notificada el 30/04/15 (fs. 96). El período de vigilancia venció el 6/01/2016 (fs. 97).-

Durante el transcurso del mismo, cometió un delito lesiones graves en reiteración real con un  delito de amenazas, IUE 380-784/2015.  causa informada a fs. 109,  lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-

Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.  

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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