Dictamen N° 2/022 Fiscalía General de la Nación.-
Nº 2
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Subrogante) en autos caratulados “RODRIGUEZ PEREIRA, MATIAS FEDERICO. CUATRO DELITOS DE HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADOS EN REGIMEN DE REITERACION REAL. GARCIA PEREIRA, FEDERICO MIGUEL. DOS DELITOS DE HURTO
ESPECIALMENTE AGRAVADOS EN REGIMEN DE REITERACION REAL” IUE 259-118/2013, expone:
En las presentes actuaciones, al penado Matías Federico Rodríguez Pereira, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución Nº 3358 de fecha 17/11/2014 (fs. 218), la que fue notificada el 19/11/19 (fs. 266) . El período de vigilancia venció el 29/12/2020 (fs. 267).
Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de hurto especialmente agravado, IUE 2-21283/2020, causa informada a fs. 279, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)