Dictamen N° 26/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación
N.º 00026
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en autos caratulados “DAVILA SOSA, WALTER SEBASTIAN. UN DELITO DE HURTO ESPECIALMENTE AGRAVADO” IUE 340-375/2014,expone:
En las presentes actuaciones, al penado Walter Sebastián Davila Sosa, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 2458 de fecha 7/10/15 (fs. 81), la que fue notificada el 11/3/16 (fs.96). El período de vigilancia venció el 11/3/17 (fs. 97).-
Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de receptación, IUE 339-374/16, causa informada de fs. 122 a 132, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Jorge Díaz
Director General