Dictamen N° 27/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación
N.º 00027
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en autos caratulados “PAMELA ROSANA CARDOZO. UN DELITO DE INCENDIO EN CONCURSO FORMAL CON UN DELITO DE DAÑO Y UN DELITO DE VIOLENCIA DOMESTICA TODOS EN REITERACION REAL” IUE 302-299/2010, expone:
En las presentes actuaciones, a la penada Pamela Rosana Cardozo, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 1237 de fecha 15/6/15 (fs. 110), la que fue notificada el 22/10/15 (fs. 115). El período de vigilancia venció el 28/3/17 (fs. 116).-
Durante el transcurso del mismo, cometió reiterados delitos de suministro de estupefacientes, IUE 303-153/2016, causa informada a fs.129-130, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Jorge Díaz
Director General