Dictamen N° 29/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación
N.º 00029
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en autos caratulados “ALVES PONTE, YHONY DANIEL. RAPIÑA” IUE 102-167/2009, expone:
En las presentes actuaciones, al penado Jhony Daniel Alves Ponte le fue conferido el beneficio de la Libertad Anticipada por resolución N.º 1501 de fecha 28/6/13 (fs. 132), la que fue notificada en la misma fecha (fs. 133). El período de vigilancia venció el 13/4/14 (fs. 134).
Durante el transcurso del mismo, cometió un delito de hurto especialmente agravado, IUE 174-249/2013, causa informada a fs. 151, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Jorge Díaz
Director General