Dictamen N° 90/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación
N.º 90
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA:
El Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, en autos caratulados “MORALES VARGAS, ROBERT ANDRES. Un delito de hurto en grado de tentativa” IUE 328-168/2007, expone:
En las presentes actuaciones, al penado Robert Andrés Morales Vargas, le fue conferido el beneficio de la Libertad Condicional por resolución N.º 2191 de fecha 18/08/2014 (fs. 117), la que fue notificada el 21/10/2014 (fs. 119). El período de vigilancia venció el 8/03/2016 (fs. 120).-
Durante el transcurso del mismo, cometió reiterados delitos de importación e introducción en tránsito y negociación de sustancias estupefacientes, art. 31 decreto-ley 14.294 en redacción dada por ley 17.016 IUE 327-235/2018 (testimonio del IUE 328-222/2014), causa informada de fs. 154 a 156, lo que ha quedado establecido por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Por lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 330 del Código del Proceso Penal, correspondería proceder a la revocación del beneficio oportunamente otorgado.
Dr. Jorge Díaz
Director General