Resolución N° 1.005/022 Dirección General (s)
Visto: la necesidad de reorganizar el servicio.
Resultando: Que la Fiscalía Departamental de Pando 2º turno cuenta con un gran cúmulo de trabajo por lo que se advierte la necesidad de reorganizar el servicio disponiendo en consecuencia la incorporación de un nuevo Fiscal Letrado.
Considerando: 1) Que es potestad del proveyente el traslado de Fiscales a otras jurisdicciones si las necesidades del servicio así lo requieren, conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derecho adquirido de conformidad con los dispuesto por el artículo 53 de la ley N.º 19.483.
2) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, es competencia del Director General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.
3) Que está dentro de las potestades que el artículo 5 literal j) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015 le asigna al proveyente el disponer el traslado de los Fiscales a Sedes de similar categoría.
4) Que por Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020 se aprobaron los criterios objetivos para proceder a los traslados de los Fiscales Letrados a las distintas sedes dentro del territorio nacional.
5) Que el traslado que se dispone en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que, el mismo no lesiona derechos adquiridos de otros fiscales.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literales g) y j) del de la Ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículos 23 literal b), 53 y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución N.º 242/2020 de 19 de mayo de 2020 y Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Disponer, a partir del 10 de noviembre de 2022, el traslado de laFiscal Letrada que se detalla a continuación:
- Dra. Silvana Arredondo Rodeiro de la Fiscalía Departamental de Canelones de 1º turno a la Fiscalía Departamental de Pando de 2º turno.
2º) Notificar a la Fiscal Letradamencionadaen la presente resolución.
3º) Comunicar a la Fiscalía Departamental de Canelones de1º turno ya la Fiscalía Departamental de Pando de 2º turno.
4º) Comunicar a Fiscalía Adjunta de Corte, Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, y a Sippau.
5º) Establecer que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de Domicilio ante el Departamento de Gestión Humana.
6º) Pasar a Gestión Documental a efectos de realizar la notificación y comunicación dispuestas. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)