Resolución N° 1.017/022 Dirección General (s)

Derecho de abstención

Visto: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrada de Montevideo de la Fiscalia Penal de Montevideo de Estupefacientesde 1º tumo, Dra. Monica Ferrero, en los expedientes individualizados con el NUNC: 2022071724, 2022033399 (unificado según surge del NUNC antes mencionado) y el NUNC 2022083066, éste último en forma independiente pero vinculado a las anteriores novedades criminales por los mismos hechos y delitos de Estafa denunciados.

Resultando: Que la gestionante solicita el derecho de abstención, fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 19.483, ya que la persona formalizada con prisión por Reiterados delitos de Estafa en reiteración real con un delito continuado de Conversión o Transferencia de bienes procedentes de actividades delictivas es el señor Jorge Barlocci Bellagamba, esposo de la Fiscal Letrada Adscripta, de su misma sede fiscal, Doctora Cecilia Ronco.

Considerando: 1) Que ajuicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de los expedientes mencionados, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que la Resolución N.º 899/2021 de 19 de noviembre de 202ldispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Penales de Estupefacientes.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, 5, 21 literal C, 23 literal By 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.º 899/202lde 19de noviembrede 2021;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Conceder a la Fiscal Letrada de Montevideo de la Fiscalia Penal de Montevideo de Estupefacientes de 1° tumo, Dra. Monica Ferrero la abstención solicitada.

2°) Subrogar a la solicitante en el conocimiento de los expedientes mencionados en el Visto
, con el titular de la Fiscalia Penal de Montevideo de Estupefacientes de 3º tumo.

3°) Notificar a los Fiscales Letrados de Montevideo de la Fiscalia Penal de Montevideo de Estupefacientes de 1° y 3° tumo, Dra. Monica Ferrero y Dr. Alejandro Machado respectivamente.

4°) Comunicar a Sippau, al Departamento Informático, a Mesa de Ayuda y al Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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