Resolución N° 1.043/021 Dirección General (s)
Resolución Nº 1043/2021.
VISTO: La solicitud de la Fiscal Letrada de Montevideo de la Fiscalía Penal de Estupefacientes de 1° turno, Dra. Monica Ferrero.
RESULTANDO: 1) Que por Resolución N.o 899/2021 de 19 de noviembre de 2021, a la sede fiscal mencionada precedentemente le corresponde trabajar del 1° al 10 de cada mes.2) Que la gestionante solicita autorización para cumplir funciones en la Feria Judicial Mayor del 29 al 31 de diciembre de 2021.
3) Que motiva la presente el tener varias reuniones de coordinación con el Departamento de Información de la DGRTID, por diferentes Operaciones de Droga, las cuales son de carácter reservada.
4) Que las mismas, por su complejidad ameritan un seguimiento de la colección de evidencia ya que la investigación de narcotráfico es compleja, pues involucra
personas que tiene antecedentes judiciales, están armadas, se vinculan con extranjeros, ameritan vigilancia electrónica, y lo fundamental es que el Oficial del caso se encuentra en constante contacto con el Fiscal que lidera la investigacion, a efectos de tomar conocimento cuál es el momento apropiado para proceder a la detención e incautación.
5) Que en el día de la fecha se incautó sustancia estupefaciente prohibida (pasta base) por cantidad mayor a cuarenta ladrillos, estando pendientes tres allanamientos que podrían derivar en una mayor incautación.
6) Que por lo expresado, solicita autorización para ella y para la Fiscal Letrada Adjunta, Dra. Gabriela Fernández a trabajar en las Operaciones de Droga que tienen a su cargo con la DGRTID y se tramitan en los Juzgados de Crimen Organizado del 29 al 31 de diciembre de 2021.
CONSIDERANDO: 1) Que por Resolución N° 899/2021 de 19 de noviembre de 2021 se estableció el régimen de trabajo para las Fiscalías Penales de Estupefacientes de 1°, 2° y 3° turno.
2) Que conforme a la metodología de trabajo dispuesta por la Institución, si bien se entiende pertinente no proceder a la modificación de las planillas de turnos dispuestas y aprobadas, se entiende conveniente adoptar aquellas medidas que contemplen las solicitudes fiscales atendiendo en forma prioritaria las necesidades del servicio.
3) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido por la Fiscal Letrada de Montevideo para desempeñarse en fecha posterior a su régimen de turno en la Feria Judicial
Mayor se encuentra justificado, teniendo en cuenta los procedimientos y las investigaciones penales que la sede fiscal tiene en curso.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, 5, 21 literal C, 23 literal B y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.o 899/2021 de 19 de noviembre de 2021;
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) AUTORIZAR a la Fiscal Letrada de Montevideo y Adjunta, Dra. Monica Ferrero y Dra. Gabriela Fernandez, respectivamente, de la Fiscalía Penal de Estupefacientes de 1° turno a desempeñarse del 29 al 31 de diciembre de 2021.
2º) NOTIFICAR a las Fiscales mencionadas en el párrafo anterior.
3º) COMUNICAR a los funcionarios de las Fiscalías Penales de Estupefacientes de 1°, 2° y 3° turno.
4º) COMUNICAR a Sippau, a Soporte IT, a Subrogaciones y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.
5º) COMUNICAR al Ministerio del Interior y a la Suprema Corte de Justicia.
6º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)