Resolución N° 1.056/022 Dirección General (s)
Visto: la necesidad de determinar el régimen de trabajo en turno de las Fiscalías Departamentales para el ejercicio 2023 y últimos días del mes de diciembre 2022.
Considerando: 1) Que el artículo 21 literal C de la ley Nº 19.483 atribuye al proveyente la competencia, en el orden administrativo, de determinar el sistema de distribución de trabajo entre las distintas fiscalías, en base a criterios objetivos.
2) Que teniendo presente que el turno es un instituto asignador de competencia, es menester establecer un criterio general aplicable del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 2 y 5 literal g) de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015 y artículo 21 literal c), artículo 23 literal b) y 59 de la ley Nº 19.483 de 5 de enero de 2017;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1°) Establecer el régimen de trabajo en turno para las Fiscalías Departamentales de doble, triple y cuádruple turno, durante los últimos días del mes de diciembre 2022 y para el ejercicio 2023, de acuerdo a la planilla que se adjunta e integra la presente.
2°) Notificar a todos los funcionarios.
3°) Comunicar la presente resolución a las sedes mencionadas, a la Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaria General, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Políticas Públicas, de Cooperación Internacional, al Centro de Formación, a la Unidad de Víctimas y Testigos, a la Unidad de Género, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Tecnología e Información, al Departamento de Depuración Priorización y Asignación (DPA), al Departamento de Gestión Humana y a sippau@fiscalia.gub.uy.
4°) Comunicar a la Suprema Corte de Justicia y al Ministerio del Interior.
5°) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder conforme fuera dispuesto. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)