Resolución N° 1.209/022 Dirección General (s)

Compra directa

Visto: La necesidad de contar con el servicio de distribución de correspondencia y encomiendas para el ejercicio 2023.

Resultando: Que de acuerdo al procedimiento iniciado e informado por el equipo de Adquisiciones y Proveeduría, se estimó en $ 780.000 (pesos uruguayos setecientos ochenta mil) el monto del servicio de distribución de correspondencia y encomiendas, por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Considerando: 1) Que la contratación del citado servicio con la Administración Nacional de Correos, se encuentra comprendida en lo establecido en el artículo 33 literal D) numeral 1) del T.O.C.A.F (Decreto 150/012).

2) Que el Departamento Financiero Contable informa que existe crédito disponible en el ejercicio 2023 para atender dicha erogación.

Atento: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2 y 5 literales C) y G) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015 y artículo 23 literal B) de la Ley Nº 19.483 de 05 de enero de 2017, y en el artículo 33, literal D), numeral 1) del TOCAF, (Decreto 150/012 del 11 de mayo de 2012), modificativas y concordantes;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Autorizar la contratación directa por excepción de la Administración Nacional de Correos para brindar el servicio de distribución de correspondencia y encomiendas, al amparo de lo establecido en el artículo 33 literal D) numeral 1) del T.O.C.A.F., por un monto de hasta $ 780.000 (pesos uruguayos setecientos ochenta mil), y por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2023.

2º) La erogación resultante se atenderá con cargo a los créditos presupuestales del Inciso, Financiación 1.1, objeto del gasto 247 “Correspondencia, encomiendas contratadas dentro del país”.

3º) Pasar a Secretaría General a efectos de proseguir el trámite.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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