Resolución N° 1.264/022 Dirección General (s)
Visto: lo dispuesto por Resolución N.º 255/2022 y la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2º turno.
Resultando: 1) Que por Resolución N.º 255/2022 de 31 de marzo de 2022 se dispuso la subrogación de la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2º turno por la Dra. Claudia Lete.
2) Que la referida resolución encontró su fundamento en la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2º turno la cual se encontraba sin un Fiscal titular a cargo de la misma desde mediados del año 2019 en virtud de la licencia médica de la Dra. Gabriela Sierra y en atención a que la referida Fiscalía estaba siendo subrogada por la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 1º turno o por los Fiscales Letrados Adscriptos de la misma, en la forma en que lo prevé la reglamentación.
3) Que a partir de la situación planteada y de la imperiosa necesidad de atender el cúmulo de trabajo de la Fiscalía precitada, resultó necesario disponer subrogación pertinente en la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2° turno hasta nueva resolución.
Considerando: 1) Que por Resolución N.º 1902/2022 (Asunto 226/2022) de 14 de diciembre de 2022, el Ministro de Educación y Cultura en ejercicio de atribuciones delegadas resolvió aceptar la renuncia presentada por la funcionaria, Dra. Gabriela Sierra, a su cargo de Fiscal Letrado Departamental para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 15 de diciembre de 2022.
2) Que ante la aceptación de la renuncia de la Dra. Sierra corresponde proceder a dejar sin efecto la subrogación dispuesta por Resolución N.º 255/2022 de la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2º turno y disponer el traslado correspondiente de la Dra. Claudia Lete de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó 2º turno a la Fiscalía Departamental de Lavalleja 2º turno.
3) Que es potestad del proveyente el traslado de Fiscales a otras jurisdicciones si las necesidades del servicio así lo requieren, conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derecho adquirido de conformidad con los dispuesto por el artículo 53 de la ley N.º 19.483.
4) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, es competencia del Director General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.
5) Que el traslado que se dispone en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que, el mismo no lesiona derechos adquiridos de otros fiscales.
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literales g) de la Ley Nº19.334 de 14 de agosto de 2015; artículos 23 literal b),53 y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución N.º 255/2022 de 31 de marzo de 2022; Resolución N.º 242/2020 de 19 de mayo de 2020;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Dejar sin efecto a partir del día 29 de diciembre de 2022 la subrogación de la Fiscalía Departamental de Lavalleja 2º turno dispuesta por Resolución N.º 255/2022 de 31 de marzo de 2022.
2º) Disponer a partir del día 29 de diciembre de 2022 el traslado de la Dra. Claudia LETE SOSA de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 2º turno a la Fiscalía Departamental de Lavalleja de 2º turno.
3º) Notificar a la Dra. Claudia Lete.
4º) Comunicar a la Fiscalía Departamental de Lavalleja 2º turno y a la Fiscalía Departamental de Tacurembó de 2º turno.
5º) Comunicar a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, a Planificación y Presupuesto, Financiero Contable, al Área a Soporte IT, y a Sippau.
6º) Comunicar a unatec.
7º) Establecer que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de Domicilio ante el Departamento de Gestión Humana.
8º) Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)