Resolución N° 152/023 Dirección General (s)

Solicitud

Visto: la solicitud de re-asignación incoada por la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 2º turno.

Resultando: 1) Que con fecha 27 de enero de 2023 el Departamento de Depuración, Priorización y Asignación (DPA) asignó la novedad identificada con el SGSP 16137375 - NUNC 2022325899 a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 2º turno.

2) Que la denuncia refiere a una presunta estafa procesal como consecuencia de la ejecución de un contrato -apócrifo - de hipoteca. Dicho contrato habría sido celebrado el 19/12/2012 y la ejecución judicial se inició el 10/09/2014.

3) Que con fecha 2 de febrero del corriente, la precitada Fiscalía solicitó la re-asignación del evento por entender que la fecha exacta de comisión del delito es la fecha en que se inició el proceso judicial de ejecución del contrato de hipoteca, esto es, 10/09/2014; y solicitó que el caso fuera asignado a la fiscalía penal homónima de 1º turno.

4) Que de acuerdo al procedimiento previsto, DPA procedió a conferir traslado de la solicitud a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 1º turno, explicitando los motivos por los cuales se procedió a la asignación del evento a la Fiscalía solicitante.

5) Que en tiempo y en forma, siendo el día 7 de febrero del corriente la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 1º turno evacua el traslado conferido, abogando por el rechazo de la solicitud de re-asignación y compartiendo el criterio de asignación de DPA.

6) Que con fecha 14 de febrero de 2023, DPA elevó su informe final con los recaudos adjuntos para consideración y posterior resolución del jerarca.

Considerando: 1) Que desde el punto de vista formal se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por Resolución N.º 412/2020.

2) Que se procederá a resolver sobre el fondo del asunto puesto a consideración del proveyente, sin entrar en el análisis respecto a la existencia o no de delito, sino a los solos efectos de determinar cuál fiscalía debe seguir adelante con la investigación.

3) Que la Resolución Nº 245/2018 de fecha 8 de mayo de 2018 estableció el régimen general de pre-asignación de denuncias.

4) Que la precitada Resolución dispuso que cada noticia criminal será pre-asignada a una fiscalía atendiendo a la especialización o semi-especializacion (en caso de corresponder) y a la fecha en que ocurrió el hecho ilícito.

5) Que la Resolución N.º 692/2022 de fecha 23 de setiembre de 2022 dispuso como criterio general de pre-asignación de las denuncias, que en ausencia o imposibilidad de determinación de la fecha que ocurrió el presunto hecho delictivo, se estará a la fecha de ingreso de la denuncia en el sistema informático de Fiscalía (SIPPAU).

6) Que según indica DPA “...debido a que en las fechas mencionadas en la denuncia (más allá de que puedan considerarse esas fechas como las de comisión del presunto delito) no estaban creadas las actuales fiscalías penales del sistema penal acusatorio y no había resoluciones de la FGN estableciendo turnos en ese sentido; por lo que se asignó la denuncia atendiendo a la fecha de creación de la misma en el sistema SIPPAU (Res. 692/2021)”.

7) Que por lo que viene de decirse y compartiendo lo informado por DPA, habrá de mantenerse la asignación del caso identificado con el NUNC 2022325899 en la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejosde 2º turno.

Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por artículo 5 de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículo 23 literal b) y 59 de la ley Nº19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución Nº 245/2018 de 8 de mayo de 2018; Resolución Nº 412/2020 de 24 de agosto de 2021 y 692/2021 de 22 de setiembre de 2021 ;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Mantener la novedad identificada con el SGSP 16137375 - NUNC 2022325899 en la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 2º turno.

2º) Notificar a las Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 1º y 2º turno y a la Dirección del Departamento de Depuración, Priorización y Asignación.

3º) Pasar a Gestión Documental a fin de realizar las notificaciones dispuestas.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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