Resolución N° 171/021 Secretaría General

Autorización - guardias administrativas.-

Resolución N° 171/2021.

VISTO: La tareas desarrolladas en las distintas sedes fiscales.

RESULTANDO: 1) Que la implementación del nuevo Código del Proceso Penal ha significado un cambio sustancial en la forma de trabajo de las Fiscalías, determinando modificaciones en la organización y en la distribución de tareas.

2) Que en el caso de la Fiscalía Departamental de Rocha, se ha visto incrementado el volumen de trabajo, por lo que resulta necesario dotarla de apoyo administrativo para los días inhábiles y fines de semana.

CONSIDERANDO: Que corresponde establecer un régimen de guardias administrativas para asistir a dicha sede.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 29 del T.O.C.A.F. (Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012), en las resoluciones de la Dirección General No 255/2016 de 12 de abril de 2016 y N° 615/2021 de 30 de agosto de 2021, y en el Anexo “Gastos corrientes e inversiones” de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020;

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) ESTABLECER el siguiente régimen de guardias administrativas para la Fiscalía Departamental de Rocha, correspondiente al mes de noviembre de 2021:

02 de noviembre – Néstor Pedraja

06 de noviembre – Néstor Pedraja

07 de noviembre – Rafael De Los Santos

13 de noviembre– Néstor Pedraja

14 de noviembre – Rafael De Los Santos

20 de noviembre – Néstor Pedraja

27 de noviembre – Néstor Pedraja

28 de noviembre –Rafael De Los Santos

2°) DETERMINAR que los funcionarios detallados en el ordinal precedente, percibirán una compensación por única vez, y por día de guardia administrativa correspondiente a ocho horas presenciales, de $ 3.963 para quienes ocupen cargos del escalafón AD, Grado II y de $ 4.851 para quienes ocupen cargos del escalafón AD, Grado III. Las guardias administrativas diarias que difieran en carga horaria a lo establecido, se prorratearán según corresponda.

3°) DETERMINAR que aquellos funcionarios que realicen las referidas guardias, deberán registrar la marca en el SGH 2.0, tanto a la entrada como al finalizar la jornada.

4°) EN un plazo máximo de cuatro días hábiles posteriores a la culminación de las guardias del mes, el Jefe Administrativo de la sede, deberá informar el detalle de las guardias, el que será contrastado con los registros de marcas en el SGH 2.0 por el Departamento de Gestión Humana. Asimismo, deberá contener un breve comentario de las tareas realizadas, indicando el caso o asunto trabajado y el NUNC, quedando el pago de la compensación sujeto a la presentación de  dicho informe.

5°) LA erogación resultante se imputará con cargo al objeto de gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas”.

6°) NOTIFICAR a los funcionarios mencionados en el ordinal primero.

7°) COMUNICAR a la Dirección General y a la Fiscalía Departamental de Rocha.

8°) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

9°) CUMPLIDO, siga al Departamento de Gestión Humana para conocimiento y demás efectos.

 

Cra. Alejandra Méndez
Secretaria General

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