Resolución N° 208/021 Dirección General

Solicitudes

Resolución Nº 208/2021.

VISTO: la solicitud de reasignación incoada por la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 7º turno en el marco del procedimiento aprobado por Resolución Nº 412/2012 de 24 de agosto de 2020.

RESULTANDO: 1) Que con fecha 9 de marzo de 2021 el Departamento de Depuración, Priorización y Asignación asignó la novedad identificada con el NUNC 2021063593 SGSP 12424640 a la Fiscalía solicitante.

2) Que con fecha 10 de marzo de 2021 la Fiscalía precitada solicitó la reasiganción del evento por entender que no se trataría de un hecho cuya investigación corresponda a su Fiscalía sino a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 4º turno.

3) Que el día 25 de marzo del corriente, DPA confirió traslado de la solicitud inocada a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 4o turno.

4) Que evacuado el traslado conferido, con fecha 26 de marzo de 2021, se expide la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 4o turno abogando por el rechazo de la solcitud de reasignación del caso.

5) Que de conformidad con el procedimiento correspondiente, DPA eleva los antecedentes al proveyente con informe y recaudos adjuntos para su resolución.

CONSIDERANDO: 1) Que en cuanto a los aspectos formales corresponde señalar que no se ha dado cumplimiento a lo previsto en el numeral 2o del Anexo – Procedimiento – aprobado por Resolución Nº 412/2020, confiriéndose traslado luego del plazo previsto.
2) Que sin perjuicio de lo anterior, se procederá a resolver sobre el fondo del asunto puesto a consideración del proveyente, sin entrar en el análisis respecto a la existencia o no de delito, sino a los solos efectos de determinar cuál fiscalía debe seguir adelante con la investigación .

3) Que en lo sustancial considerando los elementos que emergen de obrados particularmente la documentación adjunta a folios 1 -2 (parte policial), 8-9 (acta) y 11 (informe de DPA), se entiende correspondemantener la novedad en la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 7º turno.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley No 19.334 del 14 de agosto de 2015, y a la Resolución N.o 412/2020 de fecha 24 de agosto de 2020;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1º) MANTENER la novedad identificada con el NUNC 2021063593 - SGSP 12424640 en la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 7º turno.

2º) NOTIFICAR a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violenica doméstica y Violencia basada en Género de 7o turno, a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 4o turno, y a la Dirección del Departamento de Depuración, Priorización y Asignación.

3º) PASAR a Gestión Documental a fin de realizar las notificaciones dispuestas.

4º) CUMPLIDO, archívese.

 

 

Dr. Jorge Díaz

Director General

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