Resolución N° 216/021 Secretaría General
Resolución Nº 216/2021.
VISTO: La tareas desarrolladas en las distintas sedes fiscales.
RESULTANDO: 1) Que la implementación del nuevo Código del Proceso Penal ha significado un cambio sustancial en la forma de trabajo de las Fiscalías, determinando modificaciones en la organización y en la distribución de tareas.
2) Que en el caso de la Fiscalía Departamental de Rocha, se ha visto incrementado el volumen de trabajo, por lo que resulta necesario dotarla de apoyo administrativo para los días inhábiles y fines de semana.
CONSIDERANDO: Que corresponde establecer un régimen de guardias administrativas para asistir a dicha sede.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 29 del T.O.C.A.F. (Decreto No 150/012 de 11 de mayo de 2012), en las resoluciones de la Dirección General N° 615/2021 de 30 de agosto de 2021 y No 255/2016 de 12 de abril de 2016, y en el Anexo “Gastos corrientes e inversiones” de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020;
LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) ESTABLECER el siguiente régimen de guardias administrativas para la Fiscalía Departamental de Rocha, correspondiente al mes de enero de 2022:
01 de enero – Néstor Pedraja
06 de enero – Néstor Pedraja
08 de enero – Néstor Pedraja
09 de enero – Rafael de los Santos
15 de enero – Néstor Pedraja
16 de enero – Rafael de los Santos
23 de enero – Rafael de los Santos
29 de enero – Néstor Pedraja
30 de enero – Rafael de los Santos
2º) DETERMINAR que los funcionarios detallados en el ordinal precedente, percibirán una compensación por única vez, y por día de guardia administrativa correspondiente a ocho horas presenciales, de $ 3.963 para quienes ocupen cargos del escalafón AD, grado II y de $ 4.851 para quienes ocupen cargos del escalafón AD, grado III. Estos montos se ajustarán en la misma oportunidad y condiciones que el Poder Ejecutivo determine para los funcionarios públicos. Las guardias administrativas diarias que difieran en carga horaria a lo establecido, se prorratearán según corresponda.
3º) DETERMINA R que aquellos funcionarios que realicen las referidas guardias, deberán registrar la marca en el SGH 2.0, tanto a la entrada como al finalizar la jornada.
4º) EN un plazo máximo de cuatro días hábiles posteriores a la culminación de las guardias del mes, el Jefe Administrativo de la sede, deberá informar el detalle de las guardias, el que será contrastado con los registros de marcas en el SGH 2.0 por el Departamento de Gestión Humana. Asimismo, deberá contener un breve comentario de las tareas realizadas, indicando el caso o asunto trabajado y el NUNC, quedando el pago de la compensación sujeto a la presentación de dicho informe.
5º) LA erogación resultante se imputará con cargo al objeto de gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas”.
6º) NOTIFICAR a los funcionarios mencionados en el ordinal primero.
7º) COMUNICAR a la Dirección General y a la Fiscalía Departamental de Rocha.
Cra. Alejandra Méndez
Secretaria General