Resolución N° 223/023 Dirección General (s)

Fiscalía Funcionamiento

Visto: la conveniencia de fijar un criterio para la asignación de denuncias en las que un fiscal posea la calidad de víctima, denunciante o indagado.

Resultando: 1) Que la Resolución N.º 034/2017 de fecha 1 de febrero de 2017 estableció el régimen de subrogaciones de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 59 de la Ley 19.483 para las Fiscalías de Montevideo y Departamentales.

2) Que la Resolución N.º 868/2017 de fecha 22 de diciembre de 2017 estableció el régimen de subrogaciones para las Fiscalías Penales de Montevideo que intervienen en causas del viejo sistema procesal penal y para las que intervienen en causas del proceso procesal penal acusatorio.

3) Que resulta necesario establecer un criterio de asignación de denuncias en aquellas situaciones en que un Fiscal titular o un integrante de su equipo, deba intervenir en determinado asunto detente la calidad de víctima, denunciante o indagado en el mismo.

4) Que se deberá apartar del conocimiento de la denuncia correspondiente al Fiscal que debiendo investigar la misma, de acuerdo a los criterios de asignación aplicados por DPA, previstos por resoluciones N.º 245/2018 y 692/2021, resultare ser la victima, denunciante o indagado en la referida causa.

Considerando: 1) Que atento a lo expuesto, resulta conveniente establecer un criterio de asignación de denuncias en las situaciones previamente referidas.

2) Que para ello, deberá estarse a lo previsto por las Resoluciones N.º 034/2017 y 868/2017.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto artículo 5 literal A), G) y K) de la Ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b) y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017, Resoluciones N.º 034/2017 de fecha 1 de febrero de 2017 y N.º 868/2017 de fecha 22 de diciembre de 2017;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Disponer que en aquellas situaciones en que, de acuerdo a los procedimientos de asignación de noticias criminales aplicados por DPA, previstos por resoluciones N.º 245/2018 y 692/2021, un evento debiera ser asignado y por ende investigado por una Fiscalía, en la que alguno de los integrantes del equipo fiscal detente la calidad de victima, indagado o denunciante; el mismo deberá ser asignado a la fiscalía que corresponda según los criterios de subrogación dispuestos por Resoluciones N.º 034/2017 y 868/2017.

2º) Disponer que el régimen previsto en el numeral que antecede se aplicarán sin perjuicio de las facultades del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación de designar subrogante apartándose del mismo, por razones debidamente fundadas.

3°) Notificar a todos los funcionarios de la Institución.

4°) Comunicar al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio del Interior y a la Suprema Corte de Justicia.

5°) Pasar a Gestión Documental a los efectos de la realización de las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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