Resolución N° 227/021 Prosecretaria Letrada

Derechos de Abstención

Resolución Nº 227/2021.

VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por las Fiscales Letradas Departamentales de la Fiscalía Departamental de Treinta y Tres de 1o y 2o turno, Dra. Viviana Maqueira y Dra. Ana Paula Segovia, respectivamente, en la novedad policial individualizada con el NUNC N.o 2021096330, SGSP N.o 12607760.

RESULTANDO:1) Que las Fiscales Letradas mencionadas precedentemente solicitan el derecho de abstención en la causa mencionada, fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley No 19.483, ya que el eventual denunciado es el Encargado de la Oficina Departamental de Policía Científica y esposo de la Fiscal Letrada de primer turno de la Fiscalía Departamental de Treinta y Tres, el Oficial Yoni Pimienta.

2) Que las mismas informan que mantienen con la Oficina Departamental de Policía Científica, y aún más con el denunciadoun fluído relacionamiento en el trabajo diario de la investigación de los delitos, además de ser el esposo de una de las integrantes del equipo de la sede fiscal, por lo cual, dicho relacionamiento excede el vínculo profesional.

3) Que por Resolución Nº 615/2020 de 9 de diciembre de 2020 se delegó en la Prosecretaría Letrada la facultad de conceder el derecho de abstención de los Fiscales Letrados.

CONSIDERANDO: 1) Que a juicio de la suscrita, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que la Resolución Nº 034/2017 de 1° de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 5, y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, Ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015 y Resoluciones Nº 034/2017 de 1o de febrero de 2017 y Nº 615/2020 de 9 de diciembre de 2020;

LA PROSECRETARIA LETRADA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1º) CONCEDER a las Fiscales Letradas Departamentales de la Fiscalía Departamental de Treinta y Tres de 1º y 2º turno, Dra. Viviana Maqueira y Dra. Ana Paula Segovia, respectivamente, la abstención solicitada.

2º) SUBROGAR a las solicitantes en el conocimiento del expediente que se menciona en el Visto, con la titular de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 2o turno. 

3º) NOTIFICAR a las Fiscales Letradas Departamentales de la Fiscalía Departamental de Treinta y Tres de 1º y 2º turno, Dra. Viviana Maqueira y Dra. Ana Paula Segovia, respectivamente, y a la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 2o turno, Dra. Leticia Siqueira.

4º) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático, al Sistema Penal Acusatorio y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archívese.

 

 

Dra. Claudia Aquino

Prosecretaria de Corte

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