Resolución N° 238/026 Dirección General (S)

Fiscalías - Funcionamientos

VISTO: la necesidad de fortalecer la actuación de la fiscalía ante el creciente aumento de las investigaciones criminales que involucran varios países y organizaciones trasnacionales de criminalidad.

RESULTANDO: 1) Que los casos resultantes de esta realidad se analizan e investigan con esfuerzos especiales de los equipos fiscales, sin contar con una unidad de apoyo que pueda gestionar, analizar y devolver una contribución valiosa para la investigación en curso.
2) Que por Resolución N.º 083/2016 de 26 de febrero de 2016 y modificativas, se dispuso la Estructura Orgánica de la Fiscalía General de la Nación y el correspondiente Manual de Organización y Funciones.
3) Que en dicho marco se creó la Unidad Especializada en Cibercriminalidad por Resolución N.º 1270/2022 de fecha 29 de diciembre de 2022.
4) Que los diferentes delitos de Criminalidad Organizada actualmente son abordados por diferentes Fiscalías habiéndose suprimido las Fiscalías de Crimen Organizado las que tenían competencia nacional en los términos impuestos por la Ley N.º 18.390 de 24 de octubre de 2008, y cuya transformación se determinó en la Ley N.º 19.924 de 18 de diciembre de 2020.

CONSIDERANDO: 1) Que ante la escasez de recursos humanos y el tiempo que insume la función de los equipos fiscales en forma diaria para la investigación de esta índole y oportunamente la preparación de los juicios, es necesario un apoyo desde el inicio.-
2) Que el artículo 5 literal E) de la Ley N° 19.334 de 14 de agosto de 2015 faculta al Director General de la Fiscalía General de la Nación a “Crear, modificar y suprimir unidades especializadas centralizadas en las materias que entienda pertinente, para desempeñar funciones de asesoramiento, análisis, coordinación, capacitación, elaboración y difusión, sin perjuicio del ejercicio
del Ministerio Público y Fiscal, el cual se regirá conforme a lo dispuesto en la ley orgánica”
3) Que en virtud de dicha normativa, al amparo de las facultades legalmente otorgadas, se entiende conveniente crear e instalar una Unidad Especializada en Crimen Organizado a nivel central y con competencia nacional.
4) Que asimismo, es conveniente para el mejor aprovechamiento de los recursos y por la temática involucrada, suprimir la Unidad Especializada en Cibercriminalidad creada e instalada por resolución N.º 1270/2022 de 29 de diciembre de 2022 incorporando su competencia y recursos asignados por el artículo 419 de la Ley 20.075 de 10 de octubre de 2022, a la Unidad que se crea en este acto.
5) Que el avance de la criminalidad organizada amerita que los equipos fiscales tengan que ser asistidos en la articulación con otros organismos para la obtención de informes, pericias, documentos, y para la tramitación más ágil de las evidencias que necesiten incorporar en sus respectivas investigaciones , así como también colaborar en la coordinación de medidas para facilitar las mismas en lo que dice relación con el delito de Lavado de Activos, cuya complejidad demanda mucho tiempo y requiere en la mayoría de dichos casos cooperación internacional.
6) Que dicha Unidad, entre otros que podrán agregarse por resoluciones ulteriores, reunirá los siguientes cometidos y funciones: - asesorar, colaborar y coordinar en materia de tráfico ilícito internacional de estupefacientes, armas y municiones, lavado de activos, delitos informáticos, contrabando, trata de personas, pornografía infantil, y otros delitos cuya comisión e investigación involucre otros países o grupos criminales organizados.
-asesorar, colaborar y coordinar en materia de cooperación internacional con los equipos fiscales que investigan asuntos de esta naturaleza y con la formación y seguimiento de los equipos conjuntos de investigación internacionales.
- asesorar, colaborar, coordinar y elaborar guías relativas al tratamiento de la cibercriminalidad y recolección de evidencia digital.
- sistematizar investigaciones y el resultado de las mismas para cumplir con el requerimiento de las entidades estatales que soliciten datos para estadísticas y para el registro interno de la labor fiscal.-
- participar en la capacitación a través de diferentes cursos en la materia destinados a los equipos fiscales de todo el país.
7) Que corresponde ampliar las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el Anexo III “Manual de Organizaciones y Funciones” aprobado por Resolución N° 083/2016, incorporando las funciones relacionadas en el numeral 6 de estos considerandos.
8) Que la nueva Unidad no requerirá de creaciones o transformaciones de nuevos cargos, sino que se constituirá con asignaciones de funcionarios que ya revistan en los cuadros de Fiscalía, sin perjuicio de eventuales contrataciones puntuales para análisis técnicos, pericias, traducciones, etc.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 5 literales A), E) y G) de la Ley 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 9, 13 literal a), 23 literal b), 24, 27 literal F y 59 de la Ley N° 19.483 de fecha 5 de enero de 2017; artículo 419 de la Ley N° 20.075 de 20 de octubre de 2022, Resolución 083/2016 de 26 de febrero de 2016 y Resolución 1270/2022 de 29 de diciembre de 2022;

LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:

1°) SUPRIMIR la Unidad Especializada en Cibercriminalidad creada e instalada por resolución N.º 1270/2022 de 29 de diciembre de 2022.
2º) AMPLIAR las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el Anexo III “Manual de Organizaciones y Funciones” aprobado por Resolución N.º 083/2016 de 26 de febrero de 2016, incorporando el asesoramiento, colaboración y coordinación en materia de delitos cuya comisión e investigación involucre otros países o grupos criminales organizados, así como en materia de cooperación internacional con los equipos fiscales que investigan asuntos de esta naturaleza y con la
formación y seguimiento de los equipos conjuntos de investigación internacionales.
3°) CREAR e INSTALAR a partir del 6 de abril de 2026 la UNIDAD ESPECIALIZADA EN CRIMEN ORGANIZADO de la Fiscalía General de la Nación.
4°) ESTABLECER que la referida Unidad tendrá competencia nacional y sus cometidos serán los relacionados en el Considerando N.º 6) de la presente resolución.
5°) COMUNICAR a todos los funcionarios de la Institución.
6°) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, Secretaría General, a Planificación y Presupuesto, al Departamento de Gestión Humana, SIPPAU, Mesa de ayuda informática, Sistema de Tecnología e Información.
7°) COMUNICAR a la Asamblea General, al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura y a la Oficina Nacional de Servicio Civil.
8°) PUBLICAR en el Diario Oficial y en la página web institucional.
9°) PASAR a Gestión Documental a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los ordinales 5, 6 y 7.
Cumplido, remitir al equipo de Adquisiciones y Proveeduría para su publicación en el Diario Oficial y posterior remisión al Departamento de Comunicaciones para su publicación en la página web oficial.
10°) FECHO, archívese acordonado al expediente APIA N° 2016-11-19-00082.
Montevideo,

Dra. Mónica Ferrero

Directora General

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